Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Acuerdos Ministeriales
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(MODIFICA EL I. R.)
ACUERDO No. 52 , Aprobado el 24 de noviembre de 1989
Publicado en La Gaceta No. 238 del 15 de diciembre de 1989
El Ministerio de Finanzas, en base a las facultades establecidas en
el Arto. 3 del Decreto No. 1554, publicado en La Gaceta, Diario
Oficial No. 5 del 07 de Enero de 1985.
Acuerda:
Primero: Modificar el monto de la Deducción Personal de la
Renta Neta, hasta por la cantidad de C$ 21,006,000,00 (veintiún
millones seis mil Córdobas Netos), para todas las personas
naturales residentes en el país a que se refiere el Arto. 20 de la
Ley de Impuesto Sobre la Renta (I.R.).
Segundo: Modificar a C$ 21,006,000.00 ( veintiún millones
seis mil Córdobas Netos), el monto a que se refiere el párrafo 1o.
del Arto. 26 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (I.R.), en
cuanto a la obligación que tienen las personas naturales, cuya
renta bruta exceda de C$ 21,006,000.00 (veintiún millones seis mil
Córdobas Netos), a presentar declaración de sus rentas obtenidas
durante el año gravable.
Tercero: Los montos modificados mediante el presente
Acuerdo Ministerial, serán aplicables para el período fiscal
1989/1990.
Dado en la ciudad de Managua, a los veinticuatro días del mes de
Noviembre de mil novecientos ochenta y nueve. - William Huper
Argüello , Ministro de Finanzas.
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