Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Acuerdos Ministeriales
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(MODIFICA ANEXO I DE LA LEY D E
IMPUESTO SELECTIVO DE CONSUMO)
ACUERDO No. 48 , Aprobado el 17 de octubre de 1989
Publicado en La Gaceta No. 224 del 24 de noviembre de 1989
El Ministerio de Finanzas, en uso de las facultades que le confiere
el Arto. 6 del Decreto No. 1532 Ley de Impuesto Selectivo de
Consumo, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 24 9 del 27
de Diciembre de 1984 ( Reimpreso en La Gaceta, Diario Oficial No.
52 del 14 de Marzo de 1985).
ACUERDA:
Primero: Modificar la siguiente tarifa ad-valorem contenida
en el Anexo I de la Ley de Impuesto Selectivo de Consumo.
NAUCA II TASAS
Produc.
Cap. Part. Sub. Inc. Descripción Nac. Imp.
% %
20 07 80 00 Otros 15 60
Segundo: La tasa aquí modificada a la producción nacional
estará en vigencia durante tres meses.
Tercero: El presente Acuerdo Ministerial, entrará en
vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario
Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los diecisiete días del mes de
Octubre de mil novecientos ochenta y nueve. - William Huper
Argüello , Ministro de Finanzas.
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