Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Medio Ambiente y Recursos Naturales
Rango: Acuerdos Ministeriales
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(MARISCOS COLAS CONGELADAS)
ACUERDO MINISTERIAL No. 56. Aprobado el 25 de Noviembre
de 1986.
Publicado en La Gaceta No. 39 del 18 de Febrero de 1987.
Acuerdo Número Cincuenta y Seis
(56)
El Director con rango de Ministro del Instituto Nicaragüense de la
Pesca (INPESCA), en uso de sus facultades,
CONSIDERANDO
Primero: Que la normalización es una actividad encaminada a
organizar, desarrollar y optimizar los procesos productivos y de
servicio de la economía nacional estableciendo procedimientos y
sistemas que conduzcan a acelerar el progreso técnico y a elevar la
eficiencia de la producción, la productividad del trabajo y la
calidad de los productos y servicios.
Segundo: Que corresponde al Instituto Nicaragüense de la
Pesca (INPESCA) la elaboración, divulgación y control de las normas
ramales relacionadas con la actividad pesquera.
POR TANTO, ACUERDA:
Artículo 1.- Se aprueban las normas:
NNP-003-86 Mariscos Colas Congeladas de Camarones con Caparazón
Especificaciones de Calidad. Y NNP-004-86 Productos
Pesqueros-Almacenamiento, de obligatorio cumplimiento para toda
persona natural o jurídica que se dedique a la captura,
procesamiento, almacenamiento y transporte de las especies de
camarón o cualquier producto pesquero.
Artículo 2.- Corresponde a la Dirección de Normalización
y Control de Calidad del INPESCA, efectuar el estricto control de
aplicación de las normas NNP-003-86 y NNP-004-86; así mismo el de
establecer el grado de inobservancia de las mismas.
Artículo 3.- Cualquier violación a las disposiciones
contenidas en el presente acuerdo, a los infractores se les
aplicará las sanciones siguientes: Multa que va de los Veinticinco
Mil Córdobas (C$ 25,000.00) hasta los Ciento Cincuenta Mil Córdobas
(C$ 150,000.00), a favor del Fisco.
Artículo 4.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a
partir del primero de Julio de mil novecientos ochenta y siete.
Dado en la ciudad de Managua, a los veinticinco días del mes de
Noviembre de mil novecientos ochenta y seis. LUIS ADRIÁN
PICHARDO, Ministro en Funciones.
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