(Impuesto Selectivo De Consumo) 1

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Acuerdos Ministeriales - (IMPUESTO SELECTIVO DE CONSUMO) ACUERDO MINISTERIAL No. 56. Aprobado el 28 de Noviembre de 1989. Publicado en La Gaceta No. 2 del 3 de Enero de 1990. EL MINISTERIO DE FINANZAS, EN USO DE SUS FACULTADES, ACUERDA: ÚNICO: Prorrogar por tres meses, contados a partir del 29 de Noviembre de 1989, la vigencia del Acuerdo Ministerial No. 39 del dieciocho de Julio de 1989, que modificó las tarifas ad-valoren contenidas en el Anexo l de la Ley de Impuesto Selectivo de Consumo. Dado en la Ciudad de Managua, a los veintiocho días del mes de Noviembre de mil novecientos ochenta y nueve. WILLIAM HÜPER ARGÜELLO, Ministro de Finanzas. -