Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Rango: Acuerdos Ministeriales
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(EXONERACION
DERECHOS ARANCELARIOS)
ACUERDO No. 11, Aprobado el
20 de febrero de 1989
Publicado en La Gaceta No. 181 del 26 de septiembre de 1989
EL MINISTERIO DE FINANZAS DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
Acuerda:
Primero: Exonerar de los Derechos Arancelarios a la
importación de las mercancías clasificables en las partidas
arancelarias siguientes:
NAUCA II DESCRIPCION
40.1101 Llantas para vehículos de las partidas 87.09, 87.10 y 87.11
y los Capítulos 1º 88.
40.11 02 Llantas para Vehículos de otras partidas del Capítulo 87,
excepto llantas para
tractores y maquinaria agrícola.
40.11 03 00 Llantas para tractores y maquinaria agrícola.
Segundo: Este Acuerdo entrará en vigor a partir de su
publicación en cualquier medio de comunicación colectiva, sin
perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta Diario
Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los veinte días del mes de Febrero
de mil novecientos ochenta y nueve. Año del X Aniversario. -
Silvio Vargas Guzmán Vice-Ministro de Finanzas.
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