Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Acuerdos Ministeriales
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ESTABLECER PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA PAGO DEL IPN. QUE GRAVA
PROPIEDADES INMUEBLES
ACUERDO MINISTERIAL No.49.
Aprobado el 30 de Agosto de 1991
Publicado en La Gaceta No. 131 del 9 de Julio de 1992
El Ministro de Finanzas de la República de Nicaragua,
en uso de sus facultades,
ACUERDA
Primero: Establecer para el período fiscal cortado el 30 de
Junio de 1991, un procedimiento especial para la declaración y pago
del Impuesto sobre Patrimonio Neto que gravan las propiedades
inmuebles.
Segundo: El procedimiento especial consistirá en dos
pasos:
Paso 1)
Efectuar pago del 1% sobre el valor
catastral o valor estimado de conformidad con el acuerdo
Ministerial No. 42-91 del 28 de Junio de 1991, a las
Municipalidades de la circunscripción en que se encuentre cada
propiedad inmueblePaso 2)
a) Presentar la declaración y
pago del Impuesto sobre el Patrimonio Neto, ante la Administración
de Renta del departamento del domicilio del contribuyente,
incluyendo en la misma todos sus activos mobiliarios e
inmobiliarios afecto al impuesto; y
b) Deducir del total del IPN a pagar, calculado en la
declaración anterior, (Paso 2 e inciso a) el monto del 1% pagado
previamente a las municipalidades (paso 1). Si el IPN fuere mayor,
deberá cancelarse la diferencia; y en caso contrario, no se
efectuará pago alguno a la Administración de Rentas.
Tercero: Las Municipalidades podrán aplicar las
disposiciones de la Ley del Impuesto sobre Patrimonio Neto, Decreto
No. 1251 del 28 de Abril de 1983, y sus reformas y su Reglamento
del 15 de Junio de 1983 y sus reformas, para el cobro del 1% antes
mencionado, así como las demás normas tributarias en materia de
sanciones.
Cuarto: El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia
a partir de su publicación por cualquier medio de comunicación
colectiva, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta,
Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, a los trienta días del mes de Agosto
de mil novecientos noventa y uno.- Emilio Pereira Alegría.-
Ministro de Finanzas.
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