Emisión, Vigencia Y Circulación De Nuevos Pasaportes

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Orden Interno Rango: Acuerdos Ministeriales - EMISIÓN, VIGENCIA Y CIRCULACIÓN DE NUEVOS PASAPORTES ACUERDO MINISTERIAL No. 02-96, Aprobado el 15 de Febrero de 1996 Publicado en La Gaceta No.63 del 29/03/1996 EMISIÓN, VIGENCIA Y CIRCULACIÓN DE NUEVOS PASAPORTES EL MINISTRO DE FINANZAS DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA En uso de sus Facultades Acuerda DICTAR El Siguiente Acuerdo Ministerial Sobre EMISIÓN, VIGENCIA Y CIRCULACIÓN DE NUEVOS PASAPORTES Primero: Se autoriza la emisión, vigencia y circulación de 400.000 nuevos Pasaportes impresos por el gobierno de la República de Nicaragua, correspondientes a las cantidades, series y numeraciones siguientes: CANTIDADES SERIE NUMERACIÓN 2,000 "A" Del 004001 al 006000 Inclusive. 315,000 C" Del 332396 al 647395 Inclusive . 83,000 D Del 061106 al 144105 Inclusive. Segundo: Los nuevos Pasaportes miden 88 mm. de Ancho x l2 mm, de largo con esquinas redondeadas por un factor de 3.18 mm, de radio Consta de 48 Páginas numeradas en orden consecutivo impresas con tinta visible e invisible y con diseño computer grafito para cada Página las que en el centro llevan como parte integral el Dibujo de la Flor de Sacuanjoche. Tercero: Los Pasaportes cuya fecha de expiración no ha concluido, continúan en vigencia. Cuarto El Arancel por Pasaporte nuevo establecido en el Decreto.# 15 -94 continúa vigente. Quinto: La Dirección General de Ingresos y la Dirección General de Migración y Extranjería deberán establecer estrecha coordinación a fin de llevar un estricto control fiscal sobre esta especie fiscal. Sexto: El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia desde el momento de su publicación por cualquier medio de comunicación Social, sin perjuicio de su Posterior Publicación en la Gaceta, Diario Oficial. Dado en la Ciudad de Managua, República de Nicaragua a los quince días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y seis.-EMILIO PEREIRA ALEGRÍA. -