Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Salud
Rango: Acuerdos Ministeriales
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DECLARATORIA DEL ESTADO DE
ALERTA SANITARIA
ACUERDO MINISTERIAL No..
19-2000, Aprobado 15 de Junio de 2000
Publicado en La Gaceta No. 142 del 27 de Julio del 2000
EL MINISTERIO AGROPECUARIO Y
FORESTAL
CONSIDERANDO
I
Que en los primeros días del mes en curso se recibió notificación
oficial de parte de las Autoridades Sanitarias de la República de
Guatemala de un brote de Influenza Aviar de baja patogenecidad.
II
Que el organismo Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria
(OIRSA) confirmó la aparición de dicho brote.
III
Que la presencia confirmada de Influencia Aviar en Guatemala pone
en riesgo la Industria Avícola Nacional, ante la sospecha de un
brote explosivo de esta enfermedad exótica, se refieren acciones de
alerta.
POR TANTO
Con base en las anteriores consideraciones y apoyado en el numeral
9) del artículo 4 y en el Artículo 13 de la Ley No. 291 Ley Básica
de Salud Animal y anidad Vegetal:
ACUERDO
Artículo 1.- Declarar el ESTADO DE ALERTA SANITARIA en todo
el país.
Artículo 2.- Prohibir la importación y tránsito de aves,
productos y subproductos avícolas, procedentes de la República de
Guatemala, mientras dure el Estado de Alerta Sanitaria.
Artículo 3. Instruir a la Dirección General de
Protección y Sanidad Agropecuaria, para que a través de la
Dirección de Salud Animal, proceda de inmediato a ejecutar en lo
que respecta a los componentes que conciernen a nuestro país, el
PLAN REGIÓN DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE INFLUENCIA AVIAR.
Artículo 4. El presente Acuerdo entrará en vigencia a
partir de su fecha, sin perjuicio de su publicación en cualquier
diario de circulación nacional, así como en La Gaceta, Diario
Oficial
Dado en el Despacho Ministerial, en la ciudad de Managua, a los
quince días del mes de Junio del año dos mil.- ING. JOSÉ MARENCO
CARDENAL, Ministro
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