Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Ministeriales
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(CREA COMISIÓN DE CONSULTA DEL
PROGRAMA DE APOYO A LA IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN NACIONAL DE
DESARROLLO)
ACUERDO MINISTERIAL No. 20-2006, Aprobado el 31 de Mayo del
2006
Publicado en La Gaceta No. 190 del 02 de Octubre del 2006
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que el Contrato de Préstamo No. 1702/SF-NI para financiar el
Programa de Apoyo a la Implementación del Plan Nacional de
Desarrollo, suscrito entre el Gobierno de la República de
Nicaragua y el Banco Interamericano de Desarrollo el 20 de enero de
2006, establece la creación de una Comisión de Consulta del
Programa, que será la instancia para conocer, analizar y recomendar
actividades relativas al Programa; asimismo esta Comisión ofrecerá
un espacio para propuestas y soluciones que permitan apoyar,
gestionar y recomendar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público
las medidas a tomar para que se cumpla con los objetivos y metas
del Programa.
II
Que en el Decreto Ejecutivo No. 76-2002 publicado en La Gaceta
Diario Oficial No. 154 del 16 de agosto del año 2002, se crea la
Comisión de Competitividad bajo la dependencia de la Presidencia de
la República con el objetivo de contribuir a través de una
colaboración efectiva entre los sectores públicos y privados al
mejoramiento de la competitividad del país.
POR TANTO
En uso de las facultades que le confieren: el artículo 21 de la Ley
No. 290 Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del
Poder Ejecutivo, publicada en La Gaceta, Diario Oficial, No. 102
del 3 de junio de 1998; Arto. 113 del Decreto No. 25-2006, Reformas
e Incorporaciones al Decreto No. 71-98, Reglamento de la Ley No.
290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder
Ejecutivo, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 91 del once
de mayo de dos mil seis;
ACUERDA
PRIMERO: Crear la Comisión de Consulta del Programa de Apoyo
a la Implementación del Plan Nacional de Desarrollo, con el
objetivo de que sea esta la instancia para conocer, analizar y
recomendar actividades relativas al Programa.
SEGUNDO: La Comisión estará integrada por los siguientes
miembros: El Secretario Ejecutivo de la Comisión de Competitividad
quien la presidirá, por los Ministros o sus delegados, Presidentes
Ejecutivos o los delegados de los tres co-ejecutores del Programa,
siendo estos, el Ministerio de Transporte e Infraestructura,
Instituto de Desarrollo Rural y el Instituto Nicaragüense de
Turismo y un Representante del Ministerio de Hacienda y Crédito
Público.
TERCERO: El Coordinador Técnico de la Unidad Coordinadora
del Programa (UCP), actuará como Secretario de la Comisión de
Consulta del Programa de Apoyo a la Implementación del Plan
Nacional de Desarrollo.
CUARTO: La Comisión de Consulta del Programa se regirá por
las normas y procedimientos establecidos en el Contrato de Préstamo
No. 1702/SF-NI, sus anexos y su reglamento operativo, a las normas
y políticas del Banco Interamericano de Desarrollo y a la
legislación nacional vigente.
QUINTO: El presente Acuerdo Ministerial entra en vigencia a
partir de esta fecha, sin perjuicio de su posterior publicación en
el Diario Oficial, La Gaceta.
Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los treinta
y un días del mes de mayo del año dos mil seis. Mario J.
Flores, Ministro.
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