Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Rango: Acuerdos Ministeriales
-
(CLASIFICACIÓN INTERNACIONAL DE
MARCAS Y PATENTES)
ACUERDO MINISTERIAL No. 082-2002. Aprobado el 11 de
Noviembre del 2002
Publicado en La Gaceta No. 12 del 17 Enero del 2003
EL MINISTRO DE FOMENTO, INDUSTRIA Y
COMERCIO
CONSIDERANDO:
I
Que La Ley 380 Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, en el
arto. 93 dispone, que para efectos de la clasificación de productos
y servicios para los cuales se registrarán las marcas, se aplicará
la Clasificación Internacional de Productos y Servicios,
establecida por el Arreglo de Niza de 1957, con sus revisiones y
actualizaciones vigentes.
II
Que la Ley 380 Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, en el
arto. 94 dispone, que para efectos de la clasificación de los
elementos figurativos de las marcas, se aplicará la Clasificación
Internacional de los Elementos Figurativos de las Marcas,
establecida por el arreglo de Viena de 1973, con sus revisiones y
actualizaciones vigentes.
III
Que el Decreto 83-2001, Reglamento de la Ley de Marcas y Otros
Signos Distintivos, en el arto. 102 dispone, que las
clasificaciones de productos y servicios para el registro de las
marcas y la clasificación de los elementos figurativos de las
marcas, establecidas por los Arreglos de Niza de 1957 y Viena de
1973, serán publicadas en La Gaceta, Diario Oficial.
IV
Que la Ley 354 Ley de Patentes de Invención, Modelos de Utilidad y
Diseños Industriales, en el Arto. 103 dispone, que a efectos de
clasificar por su materia técnica los documentos relativos a la
patentes de invención y de modelo de utilidad, se aplicará la
Clasificación Internacional de Patentes establecida por el Arreglo
de Estrasburgo del 24 de Marzo de 1971, con sus revisiones y
actualizaciones vigentes.
V
Que la Ley 354 Ley de Patentes de Invención, Modelos de Utilidad y
Diseños Industriales, dispone en su Arto. 104, que a efectos de
clasificar los diseños industriales, se aplicará la Clasificación
Internacional de dibujos y modelos industriales, establecida por el
Arreglo de Locarno del 8 de octubre de 1968, con sus revisiones y
actualizaciones vigentes.
VI
Que el Decreto 88-2001, Reglamento de la Ley de Patentes de
Invención, Modelos de Utilidad y Diseños Industriales, en su Arto.
73 dispone, que las clasificaciones internacionales indicadas en el
considerando IV y V del presente Acuerdo, serán publicadas en La
Gaceta, Diario Oficial.
POR TANTO:
En uso de las facultades que le confiere la Ley 290 Ley de
Organización, Competencia y Procedimiento del Poder Ejecutivo, su
Reglamento y reformas y de conformidad a los Artos. 93 y 94 de La
Ley 380 Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Arto. 103 del
Decreto 83-2001, Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos
Distintivos; Artos. 103 y 104 de la Ley 354 Ley de Patentes de
Invención, Modelos de Utilidad y Diseños Industriales y Arto. 73
Decreto 88-2001, Reglamento de la Ley de Patentes de Invención,
Modelos de Utilidad y Diseños Industriales.
ACUERDA:
PRIMERO: Publicar las
Clasificaciones Internacionales de Productos y Servicios de las
Marcas (Arreglo de Niza); Clasificación Internacional de los
Elementos Figurativos de las Marcas (Arreglo de Viena);
Clasificación Internacional de Patentes (Arreglo de Estrasburgo);
Clasificación Internacional de dibujos y modelos industriales
(Arreglo de Locarno); las cuales se anexan al presente Acuerdo
Ministerial. Asimismo los Anexos de la misma se darán a conocer a
través de la página Web del MIFIC ( www.mific.gob.ni ) o de la página
web del Registro de la Propiedad Intelectual ( www.rpi.gob.ni) .
SEGUNDO: El texto de
las clasificaciones internacionales antes indicadas, están
contenidos en el anexo 1 para Marcas y Otros Signos Distintivos y
Elementos Figurativos; y en el anexo 2 para Patentes, Modelos de
Utilidad y Dibujos y Modelos industriales, del presente
Acuerdo.
TERCERO: Cuando los
textos de las Clasificaciones Internacionales referidas en el
presente Acuerdo Ministerial, fueren modificados, dicha
modificación será publicada para que surtan todos los efectos
legales en el país.
CUARTO: El presente
Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su fecha, sin
perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario
Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los once días del mes de
Noviembre del año dos mil dos.- MARIO ARANA, Ministro.
ANEXO 1
Clasificación Internacional de
Productos y Servicios
Arreglo Niza
Clasificación de Productos
Clase 1: Productos químicos destinados a la industria,
ciencia, fotografía, horticultura y silvicultura; resinas
artificiales en estado bruto, materias plásticas en estado bruto;
abono para las tierras; composiciones extintoras; preparaciones
para el temple y soldadura de metales; productos químicos
destinados a conservar los alimentos; materias curtientes;
adhesivos (pegamentos) destinados a la industria.
Clase 2: Colores, barnices, lacas; conservantes contra la
herrumbre y el deterioro de la madera; materias tintóreas;
mordientes, resinas naturales en estado bruto; metales en hojas y
en polvo para pintores, decoradores, impresores y artistas.
Clase 3: Preparaciones para blanquear y otras sustancias
para la colada; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y
raspar; jabones; perfumería, aceites esenciales, cosméticos,
lociones para el cabello; dentífricos.
Clase 4: Aceites y grasas industriales; lubricantes;
productos para absorber, regar y concentrar el polvo; combustibles
(incluyendo gasolinas para motores) y materias de alumbrado;
bujías, mechas.
Clase 5: Productos farmacéuticos, veterinarios e
higiénicos; sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para
bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastar
los dientes y para moldes dentales; desinfectantes; productos para
la destrucción de animales dañinos; fungicidas, herbicidas.
Clase 6: Metales comunes y sus aleaciones; materiales de
construcción metálicos; construcciones transportables metálicas;
materiales metálicos para vías férreas; cables e hilos metálicos no
eléctricos; cerrajería y ferretería metálica; tubos metálicos;
cajas de caudales; productos metálicos no comprendidos en otras
clases; minerales.
Clase 7: Máquinas y máquinas herramientas; motores
(excepto motores para vehículos terrestres); acoplamientos y
órganos de transmisión (excepto aquello para vehículos terrestres);
instrumentos agrícolas que no sean manuales; incubadoras de
huevos.
Clase 8: Herramientas e instrumentos de mano impulsados
manualmente, cuchillería, tenedores y cucharas; armas blancas;
maquinillas de afeitar.
Clase 9: Aparatos e instrumentos científicos, náuticos,
geodésicos, eléctricos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de
pesar, de medida, de señalización, de control (inspección), de
socorro (salvamento) y de enseñanza; aparatos para el registro,
transmisión, reproducción de sonidos o imágenes; soportes de
registro magnéticos, discos acústicos; distribuidores automáticos y
mecanismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras
máquinas calculadoras, equipo para el tratamiento de la información
y ordenadores; extintores.
Clase10: Aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos,
dentales y veterinarios, miembros, ojos y dientes artificiales;
artículos ortopédicos; material de sutura.
Clase 11: Aparatos de alumbrados, de calefacción, de
producción de vapor, de cocción, de refrigeración, de secado, de
ventilación, de distribución de agua e instalaciones
sanitarias.
Clase 12: Vehículos; aparatos de locomoción terrestre,
aérea o marítima.
Clase 13: Armas de fuego, municiones y proyectiles;
explosivos; fuegos de artificio.
Clase 14: Metales preciosos y sus aleaciones y artículos
de estas materias o de chapado no comprendidos en otras clases;
joyería, bisutería, piedras preciosas; relojería e instrumento
cronométricos.
Clase 15: Instrumentos de música.
Clase 16: Papel, cartón y artículos de estas materias, no
comprendidos en otras clases; productos de imprenta; artículos de
encuadernación; fotografías; papelería; adhesivos (pegamentos) para
la papelería o la casa; material para artistas; pinceles; máquinas
de escribir y artículos de oficina (excepto muebles); material de
instrucción o de enseñanza (excepto aparatos); materias plásticas
para embalaje (no comprendidas en otras clases); naipes; caracteres
de imprenta; clichés.
Clase 17: Caucho, gutapercha, goma, amianto, mica y
productos de estas materias no comprendidos en otras clases;
productos en materias plástica semielaboradas; materias que sirven
para calafatear, cerrar con estopa y aislar, tubos flexibles no
metálicos.
Clase 18: Cuero e imitaciones de cuero, productos de
estas materias no comprendidos en otras clases, pieles de animales;
baúles y maletas, paraguas, sombrillas y bastones, fustas y
guarnicionería.
Clase 19: Materiales de construcción no metálicos; tubos
rígidos no metálicos para la construcción; asfalto, pez y betún;
construcciones transportables no metálica; monumentos no
metálicos.
Clase 20: Muebles, espejos, marcos; productos, no
comprendidos en otras clases de madera, corcho, caña, junco,
mimbre, cuerno, hueso, marfil, ballena, concha, ámbar, nácar,
espuma de mar, sucedáneos de todas estas materias o de materias
plásticas.
Clase 21: Utensilios y recipientes para el menaje y la
cocina (que no sean de metales preciosos, ni chapados); peines y
esponjas; cepillos (con excepción de los pinceles); materiales para
la fabricación de cepillos; material de limpieza; viruta de hierro;
vidrio en bruto o semielaborado (con excepción del vidrio de
construcción); cristalería, porcelana y loza no comprendida en
otras clases.
Clase 22: Cuerdas, bramantes, redes, tiendas de campaña,
toldos, velas, sacos (no comprendidos en otras clases); materias de
relleno (con excepción del caucho o materias plásticas); materias
textiles fibrosas en bruto.
Clase 23: Hilos para uso textil.
Clase 24: Tejidos y productos textiles no comprendidos en
otra clases; ropa de cama y de mesa.
Clase 25: Vestidos, calzados, sombrerería.
Clase 26: Puntillas y bordados, cintas y lazos; botones,
corchetes y ojetes, alfileres y agujas; flores artificiales.
Clase 27: Alfombras, felpudos, esteras, linoléum y otros
revestimientos de suelos; tapicerías murales que no sean de
materias textiles.
Clase 28: Juegos, juguetes; artículos de gimnasia y
deporte no comprendidos en otras clases; decoraciones para árboles
de Navidad.
Clase 29: Carne, pescado, aves y caza; extractos de
carne, frutas y legumbres en conserva, secas y cocidas; jaleas,
mermeladas, compotas; huevos, leche y productos lácteos; aceites y
grasas comestibles.
Clase 30: Café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú,
sucedáneos del café; harinas y preparaciones hechas de cereales,
pan, pastelería y confitería, helados comestibles; miel, jarabe de
melaza; levadura, polvo para esponjar; sal, mostaza; vinagre,
salsas (condimentos); especias; hielo.
Clase 31: Productos agrícolas, hortícolas, forestales y
granos, no comprendidos en otras clases; animales vivos, frutas y
legumbres frescas; semillas, plantas y flores naturales; alimentos
para los animales, malta.
Clase 32: Cervezas; aguas minerales y gaseosas y otras
bebidas no alcohólicas; bebidas y zumos de frutas; siropes y otras
preparaciones para hacer bebidas.
Clase 33: Bebidas alcohólicas (con excepción de las
cervezas).
Clase 34: Tabaco; artículos para fumadores; cerillas.
Clasificación de Servicios
Clase 35: Publicidad; gestión de negocios comerciales;
administración comercial; trabajos de oficina.
Clase 36: Seguros; negocios financieros; negocios
monetarios; inmobiliarios.
Clase 37: Construcción; reparación; servicios de
instalación.
Clase 38: Telecomunicaciones.
Clase 39: Transporte; embalaje y almacenaje de
mercancías; organización de viajes.
Clase 40: Tratamiento de materiales.
Clase 41: Educación; formación; esparcimiento;
actividades deportivas y culturales.
Clase 42: Servicios científicos y tecnológicos así como
servicios de investigación y diseños relativos a ellos; servicios
de análisis y de investigación industrial; diseño y desarrollo de
ordenadores y software; servicios jurídicos.
Clase 43: Servicios de restauración (alimentación);
hospedaje temporal.
Clase 44: Servicios médicos; servicios veterinarios;
cuidados de higiene y de belleza para personas o animales;
servicios de agricultura, horticultura y silvicultura.
Clase 45: servicios personales y sociales prestados por
terceros destinados a satisfacer necesidades individuales;
servicios de seguridad para la protección de bienes y de
personas.
ANEXO 1
Clasificación Internacional de
Elementos Figurativos
Arreglo Viena
T A B LA D E C A T E G O R I A S
Categoría 1: Cuerpos celestes, fenómenos naturales, mapas
geográficos.
Categoría 2: Seres Humanos.
Categoría 3: Animales.
Categoría 4: Sobrenatural, fabuloso, de fantasía o no
identificables.
Categoría 5: Plantas.
Categoría 6: Paisajes.
Categoría 7: Construcciones, estructura para anuncios, barreras
o puertas.
Categoría 8: Alimentos.
Categoría 9: Textiles; ropa, accesorios de coser, accesorios
para la cabeza, calzado.
Categoría 10: Tabaco, artículos de fumadores, juegos,
mercaderías de viaje, abanicos, artículos de tocador.
Categoría 11: Artículos de Mensaje.
Categoría 12: Muebles, instalaciones sanitarias.
Categoría 13: Iluminación, válvulas inalámbricas, calefacción,
equipo de refrigeración o cocina, lavando máquinas, equipo de
secado.
Categoría 14: Ferretería, herramienta, escaleras.
Categoría 15: Máquinas, motores.
Categoría 16: Telecomunicaciones, reproducción o grabación de
sonido, computadoras, fotografía, cinematografía, óptica.
Categoría 17: Instrumentos de relojería, joyería, pesos y
mediciones.
Categoría 18: Transporte, equipo para animales.
Categoría 19: Recipientes y empaque, representaciones de
productos diversos.
Categoría 20: Artículos para escribir, materiales de pintura o
dibujo, artículos de oficina, mercaderías de librerías y
papelería.
Categoría 21: Juegos, los juguetes, artículos de deporte,
carruseles.
Categoría 22: Instrumentos musicales y sus accesorios,
accesorios de música, las campanas, ilustraciones, esculturas.
Categoría 23: Armas, municiones.
Categoría 24: Escudos, monedas, emblemas, símbolos.
Categoría 25: Motivos decorativos, superficies o trasfondos con
ornamentos.
Categoría 26: Figuras geométricas y sólidos.
Categoría 27: Formas de escribir, numerales.
Categoría 28: Inscripciones en diversos caracteres.
Categoría 29: Colores.
ANEXO 2
CLASIFICACIÓN ESTRASBURGO
CONTENIDO DE LAS SECCIONES
SECCIÓN A NECESIDADES CORRIENTES DE LA VIDA.
SECCIÓN B TÉCNICAS INDUSTRIALES
DIVERSAS; TRANSPORTES.
SECCIÓN C QUÍMICA; METALÚRGICA.
SECCIÓN D TEXTILES; PAPEL.
SECCIÓN E CONSTRUCCIONES FIJAS.
SECCIÓN F MECÁNICA; ILUMINACIÓN;
CALEFACCIÓN; ARMAMENTO; VOLADURA.
SECCIÓN G FÍSICA .
SECCIÓN H ELECTRICIDAD.
CONTENIDO DE LA CLASES
SECCION A NECESIDADES CORRIENTES DE LA VIDA
Subsección: ACTIVIDADES RURALES
A01 AGRICULTURA; SILVICULTURA; CRÍA;
CAZA; CAPTURA; PESCA.
A01B Trabajo de la tierra en agricultura o en silvicultura;
Partes constitutivas o accesorios de máquinas o instrumentos
agrícolas, en general.
A01C Plantación; Siembra; Fertilización.
A01D Recolección; Siega.
A01F Tratamiento de la recolección; Prensas de heno y paja;
Dispositivos de almacenamientos de productos agrícolas u
hortícolas.
A01G Horticultura; Cultivo de legumbres, flores, arroz, frutos,
vid, lúpulos o algas; Silvicultura; Riego.
A01H Novedades vegetales o procedimiento para su obtención;
Reproducción de plantas por técnicas de cultivo de tejidos.
A01J Fabricación de productos lácteos.
A01K Cría; Avicultura; Piscicultura; Apicultura; Pesca;
Obtención de animales, no prevista en otro lugar; Nuevas razas de
animales.
A01L Herrado.
A01M Captura o caza de animales, ahuyentadores para animales;
aparatos de destrucción de animales o plantas perjudiciales.
A01N Conservación de cuerpos humanos o animales o de vegetales,
o de partes de ellos; Biocidas, p, ej. En tanto que sean
desinfectantes, pesticidas, herbicidas; Productos que atraen o
repelen a los animales perjudiciales; Reguladores del crecimiento
de los vegetales.
Subsección: ALIMENTACIÓN; TABACO
A 21 PANADERÍAS; PASTAS ALIMENTICIAS.
A21B Hornos de panadería; Máquinas o material de horneado.
A21C Máquinas o materiales para la preparación o tratamiento de
la pasta; Manipulación de artículos cocidos hechos a base de
pasta.
A21D Tratamiento, p. ej. Conservación, p. ej. Por adición de
ingredientes, Cocción; Productos de panadería; Conservación.
A 22 CARNICERÍA; TRATAMIENTO DE LA
CARNE: TRATAMIENTO DE LAS AVES DE CORRAL O DEL PESCADO.
A22B Matanza.
A22C Tratamiento de la carne, de las aves de corral o del
pescado.
A23 ALIMENTO O PRODUCTOS ALIMENTICIOS;
SU TRATAMIENTO, NO CUBIERTO POR OTRA CLASES.
A23B Conservación, p. ej. Por enlatado, de carne, pescado,
huevos, frutas, vegetales, o semillas comestibles; Maduración
química de frutas u hortalizas; Productos conservados, madurados o
enlatados.
A23C productos lácteos, p.ej. Leche, mantequilla, queso;
Sucedáneos de la leche o del queso; Su fabricación.
A23D Aceites o grasas comestibles, p. ej. Margarinas, aceites
para cocción.
A23F Café; Té; Sucedáneos del café o del té , Fabricación,
preparación o infusión.
A23G Cacao; Chocolate; Confitería Helados.
A23J Composiciones a base de proteínas para la alimentación;
tratamiento de proteínas para la alimentación; Composiciones a base
de fosfátidos para la alimentación.
A23K Alimentos para animales..
A23L Alimentos, productos alimenticios o bebidas no alcohólicas
no cubiertos por las subclases A23B A23J; Su preparación o
tratamiento, p. ej. Cocción, modificación de las cualidades
nutritivas, tratamiento físico; Conservación de alimentos o
productos alimenticios en general.
A23N Máquinas o aparatos para tratar las cosechas de frutos,
hortalizas o bulbos de flor en grandes cantidades, no previstos en
otro lugar, Mondado de hortalizas o pelado de frutos en grandes
cantidades; Aparatos para la preparación de comida para
animales.
A23P Preparación o tratamiento de los productos alimenticios no
cubiertos íntegramente por una sola de las otras subclases.
A24 TABACO; PUROS; CIGARROS; ARTÍCULOS
PARA FUMADORES.
A24B Fabricación o preparación del tabaco para fumar o para
mascar; Tabaco; Tabaco para aspirar.
A24C Máquinas para la fabricación de puros o cigarrillos.
A24D Puros; Cigarrillos; Filtros para el humo del tabaco;
Boquillas de puros o de cigarrillos; Fabricación de los filtros
para el humo del tabaco o de boquillas.
A24F Artículos para fumadores; cajas de cerillas.
Subsección: OBJETOS PERSONALES O
DOMÉSTICOS.
A41 VESTIMENTA.
A41B Camisas ropa interior; Ajuar del recién nacido;
Pañuelos.
A41C Corsés; Sujetadores.
A41D Ropa exterior; Ropa de protección; accesorios.
A41F .Dispositivos de abrochado para prendas de vestir;
Artículos de sujeción.
A41G Flores artificiales; Postizos; Máscaras; Plumas.
A41H Útiles o métodos, no previstos en otro lugar, para la
confección de vestidos, p. ej. Para la confección a medida, el
pre-a-poter.
A42 SOMBRERÍA.
A 42B Sombreros, Cubrecabezas.
A 42C Fabricación o guarnición de sombreros u otros
cubrecabezas.
A43 CALZADOS.
A43B Elementos caracteristicos del calzado; Partes constitutivas
del calzado.
A43C .Cierres o accesorios para el calzado; Cordones en
general.
A43D Máquinas, Herramientas, equipos o procedimientos para la
fabricación o la reparación del calzado.
A44 MERCERÍA; JOYERÍA.
A44B Botones, alfileres, hebillas, cierres de corredera o de
cursor o similares.
A44C Joyería, Pulseras, Otros adornos personales, Monedas.
A45 OBJETOS DE USO PERSONAL O
ARTÍCULOS DE VIAJE.
A45B Bastones; Paraguas; Sombrillas; Abanicos u objetos
similares para señoras.
A45C Monederos; Bolsos o cestos de viaje; Maletas.
A45D Artículos para el peinado o el afeitado; Cuidado de las
manos u otros tratamientos cosméticos.
A45F Material de viaje o de camping.
A46 CEPILLERÍA.
A46B Cepillos o pinceles.
A46D Fabricación de cepillos o pinceles.
A47 Mobiliario; Artículos o aparatos de uso doméstico;
Molinillos de café, molinillos de especias, Aspiradores en
general.
A47B Mesas; Escritorios; Mobiliarios de Oficinas; Muebles con
Cajones; Cajones; Partes constitutivas generales de los
muebles.
A47C Sillas; Sofás; Camas.
A47D Mobiliarios especialmente adaptados para niños.
A47F Mobiliarios, Guarniciones o accesorios especiales para
tiendas, almacenes, bares, restaurante o locales similares;
Mostradores de caja.
A47G Utensilios de uso doméstico o de mesa.
A47H Guarniciones para ventanas o puertas.
A47J Materiales de Cocinas; Molinillos de café; Molinillos de
especias; Aparatos para preparar las bebidas.
A47K Aparatos Sanitarios no previstos en otro lugar; Accesorios
para el aseo.
A47L Lavado o limpieza doméstica; Aspiradores en general.
Subsección: SALUD; PROTECCIÓN;
DIVERSIONES.
A 61 Ciencias médicas o veterinarias; Higiene.
A 62 Salvamento; Lucha contra incendios.
A 63 Deportes; Juegos; Distracciones.
SECCIÓN B - TÉCNICAS INDUSTRIALES
DIVERSAS; TRANSPORTES.
Subsección: SEPARACIÓN; MEZCLA.
B 01 Procedimientos o aparatos físicos o químicos en
general.
B 02 Trituración, reducción a polvo o desintegración;
Tratamiento preparatorio de los granos para la molienda.
B 03 Separación de sólidos por utilización de líquidos o por
utilización de mesas o cribas de pistón neumáticos; Separación
magnética o electrostática de materiales sólidos o de fluidos;
Separación por Campos eléctricos de alta tensión.
B 04 Aparatos o máquinas centrífugas utilizadas para los
procedimientos físicos o químicos.
B 05 Pulverización o atomización en general; Aplicaciones de
líquidos u otras materias fluidas a superficies, en general.
B 06 Producción o transmisión de vibraciones mecánicas, en
general.
B 07 Separación de sólidos; Clasificación.
B 08 Limpieza.
B 09 Eliminación de desechos sólidos; Regeneración de suelos
contaminados.
Subsección: CONFORMACIÓN.
B 21 Trabajo mecánico de los metales sin arranque sustancial de
material; Corte del metal por punzonado.
B 22 Fundición; Metalurgia de polvo metálicos.
B 23 Máquinas-herramientas; Trabajo de metales no previsto en
otro lugar.
B 24 Trabajo con muela; Pulido.
B 25 Herramientas manuales; Herramientas de motor portátiles;
Mangos para utensilios manuales; Utillaje de taller;
Manipuladores.
B 26..Herramientas manuales de corte; corte; Separación.
B 27 Trabajo o conservación de la madera o de materiales
similares; Máquinas para clavar, grapar o coser en general.
B 28 Trabajo del cemento, de la arcilla o de la piedra.
B 29 Trabajo de materias plásticas; Trabajo de sustancias en
estado plástico en general.
B 30 Prensas.
B 31 Fabricación de artículos de papel; Trabajo de papel.
B32 Productos estratificados.
Subsección: IMPRENTA; LIBRERÍA;
DECORACIÓN.
B 41 Imprenta; Máquina componedoras de líneas; Máquina de
escribir; Sellos.
B 42 Encuadernación; Álbumes; Clasificadores; Impresos
especiales.
B 43 Material para escribir o dibujar; Accesorio de oficina.
B 44 Artes decorativas.
Subsección: TRANSPORTES O
MANUTENCIÓN.
B 60 Vehículos en general.
B 61 Ferrocarriles.
B 62 Vehículos terrestres que se desplazan de otro modo que por
rieles.
B 63 Navíos u otras embarcaciones flotantes; Sus equipos.
B 64 Aeronáutica; Aviación; Astronáutica.
B 65 Manutención; Embalajes; Almacenado; Manipulación de
materiales delgados o filiformes.
B 66 Elevación; Levantamiento; Remolcado.
B 67 Apertura y cierre de botellas; Tarros o recipientes
análogos; Manipulación de líquidos.
B 68 Guarnicionería; Tapicería.
Subsección: TECNOLOGÍA DE LAS
MICROESTRUCTURAS; NANOTECNOLOGÍA.
B 81 Tecnología de la microestructuras.
B 82 Nanotecnología.
SECCIÓN C-QUÍMICA; METALURGIA
Subsección: QUÍMICA
C01 Química inorgánica.
C 02 Tratamiento del agua, agua residual, del alcantarilla o
fangos.
C 03 Vidrios; Lana mineral o de escoria.
C 04 Cementos; Hormigón; Piedra artificial; Cerámicas;
refractarios.
C 05 Fertilizantes; Su fabricación.
C 06 Explosivos; Cerillas.
C 07 Química orgánica.
C 08 Compuestos macromoleculares orgánicos; Su preparación o
producción química; Composiciones basadas en compuestos
macromoleculares.
C 09 Colorantes; Pinturas; Pulimentos; Resinas naturales;
Adhesivos; Composiciones diversas; Aplicaciones diversas de los
materiales.
C 10 Industrias del petróleo, gas o coque; Gas de síntesis que
contienen monóxido de carbono; Combustibles; Lubricantes;
Turba.
C 11 Aceites, grasas, materias grasas o ceras.
C 12 Bioquímicas; Cervezas; Bebidas alcohólicas; Vino; Vinagre;
Microbiología; Enzimologías; Técnicas de mutación o de ingeniería
genética.
C 13 Industria del Azúcar.
C 14 Pieles; Pieles sin curtir; Cueros.
Subsección: METALURGIA
C 21 Metalurgias del hierro.
C 22.Metalurgia; Aleaciones ferrosas o no ferrosas; Tratamiento
de aleaciones o metales no ferroso.
C 23 Revestimiento de materiales metálicos; Revestimiento de
materiales con metálicos; Tratamiento químico de la superficie;
Tratamiento de difusión de materiales metálicos; revestimiento por
evaporación en vacío, por pulverización catódica, por implantación
de iones o por disposición química en fase vapor, en general;
Medios para impedir la corrosión de materiales metálicos, las
incrustaciones, en general.
C 25 Procesos electrolíticos o electroforéticos; sus
aparatos.
C 30 Crecimiento de cristales.
SECCIÓN D-TEXTILES; PAPEL
Subsección: TEXTILES O MATERIALES
FLEXIBLES NO PREVISTOS EN OTRO LUGAR
D 01 Fibras o hilos naturales o artificiales; Hilatura.
D 02 Hilos; Acabados mecánico de hilos o cuerdas; Urdido o
plegado.
D 03 Tejido.
D 04 Trenzado; Fabricación del encaje; Tricotado; Pasamanería;
No tejidos.
D 05 Costura; Bordado; Implantación de pelos o mechones por
picado.
D 06 Tratamiento de textiles o similares, lavandería, materiales
flexibles no previstos en otro lugar.
D 07 Cuerdas; Cables distintos de los cables eléctricos.
Subsección: PAPEL
D 21 Fabricación de papel; Producción de la celulosa.
SECCIÒN E-CONSTRUCCIONES FIJAS
Subsección: TRABAJOS PÚBLICOS;
EDIFICIOS
E 01 Construcciones de carreteras vías férreas o puentes.
E 02 Hidráulica; Cimentaciones; Movimiento de tierra.
E 03 Suministro de agua; Evacuación de aguas.
E 04 Edificios.
E 05 Cerraduras; Llaves; Accesorios de puertas o ventanas; Cajas
fuertes.
E 06 Puertas, ventanas, postigos o cortinas metálicas
enrollables, en general; Escaleras.
Subsección; PERFORACIÓN DEL SUELO;
EXPLOTACIÓN MINERA.
E 21 Perforación del suelo; Explotación minera.
SECCIÓN F-MECÁNICA; ILUMINACIÓN;
CALEFACCIÓN; ARMAMENTO; VOLADURA
Subsección: MÁQUINAS MOTRICES; MOTORES
O BOMBAS
F 01 Máquinas o motores en general; Plantas motrices en general;
Máquinas de vapor.
F 02 Motores de combustión; Plantas motrices de gases calientes
o de productos de combustión.
F 03 Máquinas o motores de líquidos; Motores de viento, de
resortes, de pesos u otros; Producción de energía mecánica o de
empuje propulsivo o por reacción, no prevista en otro lugar.
F 04 Máquinas de líquidos de desplazamiento positivo; Bombas
para líquidos o para fluidos compresibles.
Subsección: TECNOLOGÍA EN GENERAL
F 15 Dispositivos accionadores por presión de un fluido;
Hidráulica o neumática en general.
F 16 Elementos o conjuntos de tecnología; Medidas generales para
asegurar el buen funcionamiento de las máquinas o instalaciones;
Aislamiento térmico en general.
F 17 Almacenamiento o distribución de gases o líquidos.
Subsección: ILUMINACIÓN;
CALENTAMIENTO.
F 21 Iluminación.
F 22 Productos de vapor.
F 23 Aparatos de combustión; Procesos de combustión.
F 24 Calefacción; Hornillas; Ventilación.
F 25 Refrigeración o enfriamiento; Sistemas combinados de
Calefacción y refrigeración; Sistemas de bomba de calor;
Fabricación o almacenamiento del hielo; Licuefacción o
solidificación de gases.
F 26 Secado.
F 27 Hornos; Retortas de destilación.
F 28 Cambiadores de calor en general.
Subsección; ARMAMENTO; VOLADURA.
F 41 Armas.
F 42 Municiones; Voladuras.
SECCIÓN G-FÍSICA.
Subsección: INSTRUMENTOS.
G01 Metrología; Ensayos.
G02 Óptica.
G03 Fitografía; Cinematografía; Técnica análogas que utilizan
ondas distintas de las ondas ópticas; Electrografía;
Holografía.
G04 Harometría.
G05 Control; Regulación.
G06 Cálculo; Cómputo.
G07 Dispositivos de control.
G08 Señalización.
G09 Enseñanza; Criptografía; Presentación; Publicidad;
Precintos.
G10 Instrumentos de música; Acústica.
G11 Registro de la información.
G12 Detalles o partes constitutivas de instrumentos.
Subsección: CIENCIA NUCLEAR.
G21 Física nuclear; Técnica nuclear.
SECCIÓN H-ELECTRICIDAD.
H01 Elementos eléctricos básicos.
H02 Producción, conversión o distribución de la energía
eléctrica.
H03 Circuitos electrónicos básicos.
H04 Técnicas de las comunicaciones eléctricas.
H05 Técnicas eléctricas no previstas en otro lugar.
ANEXO 2
CLASIFICACIÓN LOCARNO
LISTA DE CLASE
CLASE01 PRODUCTOS ALIMENTARIOS.
CLASE 02 ARTÍCULOS DE VESTIR Y MERCERÍA.
CLASE 03 ARTÍCULO DE VIAJE, ESTUCHE. PARASOLES Y OBJETOS
PERSONALES, NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES.
CLASE 04 CEPILLERÍA.
CLASE 05 ARTÍCULO TEXTILES NO CONFECCIONADOS, LÁMINAS DE
MATERIAL ARTIFICIAL O NATURAL.
CLASE 06 MOBILIARIOS.
CLASE 07 ARTÍCULOS DE USO DOMÉSTICO NO COMPRENDIDOS EN OTRAS
CLASES.
CLASE 08 HERRAMIENTAS Y QUINCALLERIA.
CLASE 09 ENVASES, EMBALAJES Y RECIPIENTES PARA EL TRANSPORTE
MANIPULACIÓN DE MERCANCILLAS.
CLASE 10 ARTÍCULOS DE RELOJERÍA Y OTROS INSTRUMENTOS DE MEDIDA,
INSTRUMENTOS DE CONTROL DE SEÑALIZACIÓN.
CLASE 11 OBJETOS DE ADORNO.
CLASE 12 MEDIOS DE TRANSPORTE Y DE ELEVACIÓN.
CLASE 13 APARATOS DE PRODUCCIÓN, DE DISTRIBUCIÓN O DE
TRANSFORMACIÓN DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA.
CLASE 14 APARATOS DE REGISTRO, DE TELECOMUNICACIÓN Y DE
TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN.
CLASE 15 MÁQUINAS NO COMPRENDIDAS EN LAS OTRAS CLASES.
CLASE 16 ARTÍCULOS DE FOTOGRAFÍA. DE CINEMATOGRAFÍA O DE
ÓPTICA.
CLASE 17 INSTRUMENTO DE MÚSICA.
CLASE 18 IMPRENTA Y MÁQUINAS DE OFICINAS.
CLASE 19 PAPELERÍA ARTÍCULOS DE OFICINAS, MATERIALES PARA
ARTISTAS O PARA LA ENSEÑANZA.
CLASE 20 EQUIPO PARA LA VENTA O DE PUBLICIDAD, SIGNOS
INDICADORES.
CLASE 21 JUEGOS, JUGUETES, TIENDAS Y ARTÍCULOS DEPORTE.
CLASE 22 ARMAS, ARTÍCULOS DE PIROTÉCNIA, ARTÍCULOS PARA LA CAZA,
LA PESCA Y LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES NOCIVOS.
CLASE 23 INSTALACIONES PARA LA DISTRIBUCIÓN DE FLUIDOS,
INSTALACIONES DE SANEAMIENTO, DE CALEFACCIÓN, DE VENTILACIÓN O DE
ACONDICIONAMIENTO DE AIRE, COMBUSTIBLE SÓLIDOS.
CLASE 24 MEDICINAS Y LABORATORIOS.
CLASE 25 CONSTRUCCIONES Y ELEMENTOS DE CONSTRUCCIÓN.
CLASE 26 APARATOS DE ALUMBRADO.
CLASE 27 TABACOS Y ARTÍCULOS DE FUMADORES.
CLASE 28 PRODUCTOS FARMACÉUTICO O DE COSMÉTICO, ARTÍCULOS Y
EQUIPO DE TOCADOR.
CLASE 29 DISPOSITIVO Y EQUIPOS CONTRA EL FUEGO, PARA LA
PREVENCIÓN DE ACCIDENTES O DE SALVAMENTO.
CLASE 30 ARTÍCULOS PARA EL CUIDADO Y LA ATENCIÓN DE LOS
ANIMALES.
CLASE 31 MÁQUINAS Y APARATOS PARA PREPARAR COMIDAS O BEBIDAS, NO
COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES.
CLASE 99 VARIOS.
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