Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Municipal
Rango: Acuerdos Ministeriales
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AUTORÍZASE A DENACAL A USAR
DERECHO DE VÍA Y DEMÁS SERVIDUMBRES QUE EL DISTRITO NACIONAL TIENE
EN MANAGUA
ACUERDO No. 254 , Aprobado el 26 de abril de 1971
Publicado en La Gaceta No. 99 del 07 de mayo de 1971
El Ministro del Distrito Nacional, en uso de las facultades que
le confiere la Ley Orgánica del Distrito Nacional y de
Municipalidades,
Considerando:
Que de conformidad con lo dispuesto en el literal ii) de la Sección
3.05 del Contrato de Préstamo No. 267 SF/NI, suscrito por la
República de Nicaragua y el Banco Interamericano de Desarrollo, el
12 de noviembre de 1970,
Acuerda:
Primero : Autorizase al Departamento Nacional de Acueductos
y Alcantarillados (DENACAL) a usar el derecho de vía y demás
servidumbres, que el Distrito Nacional tiene adquirido en la Ciudad
de Managua, dentro de los límites del Distrito Nacional, lo mismo
que sobre los derechos de vía y demás servidumbres, que éste
llegare a adquirir posteriormente, de acuerdo con el Plan Regulador
del Gran Managua y sus adiciones y modificaciones que se hagan en
el futuro, para las instalaciones del Programa del Alcantarillado
Sanitario que se están llevando a cabo en esa ciudad, con el
financiamiento parcial del Banco Interamericano de Desarrollo
mediante el Préstamo BID 267 SF/NI.
Segundo : El presente Acuerdo surte sus efectos a partir
de su fecha y deberá publicarse en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en el Palacio del Ayuntamiento. Managua, Distrito Nacional,
a los veintiséis días del mes de abril de mil novecientos setenta y
uno. - Art. Cruz P., Ministro del Distrito Nacional. - Gustavo
Manzanares E., Secretario.
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