Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Acuerdos Ministeriales
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AUTORIZAR
RESELLOS DE TIMBRES FISCALES "AÑO 1991"
ACUERDO MINISTERIAL No.
46-91, Aprobado el 28 de Junio de 1991
Publicado en La Gaceta No. 162 del 30 de Agosto de 1991
EL MINISTRO DE FINANZAS DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA,
En uso de sus facultades,
Acuerda:
Primero.- Se autoriza resello de Timbres Fiscales "Año 1991"
de diferentes denominaciones, con un valor total de trescientos
treinta y ocho mil novecientos veinte y cinco córdobas oro (C$
338,925.00), conforme el siguiente detalle:
Cantidad Denominaciones Total
10,750 Timbres del valor de C.O. 0.50 c/u 5,375.00
19,300 C.O. 1.00 19,300.00
24,600 C.O. 2.00 49,200.00
11,850 C.O. 3.00 35,550.00
19,900 C.O. 5.00 99,500.00
13,300 C.O. 10.00 130,000.00
99,400 C$ 338,925.00
Segundo.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en
vigencia a partir de la fecha de su publicación por cualquier medio
de comunicación colectiva, sin perjuicio de su posterior
publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los veintiocho días del mes de
Junio de mil novecientos noventa y uno. - Emilio Pereira
Alegría, Ministro de Finanzas.
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