Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Acuerdos Ministeriales
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AUTORIZAR RESELLO DE
TIMBRE
ACUERDO MINISTERIAL No. 15-96, Aprobado el 11 de Noviembre
de 1996
Publicado en La Gaceta No. 10 del 15 de Enero de 1997
EL MINISTRO DE FINANZAS DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
ACUERDA:
Primero: Se autoriza el resello de Quinientos sesenta y ocho
mil timbres fiscales (568, 000), Año 1997 de diferentes
denominaciones, con un valor total de cuatro millones doscientos
cincuenta mil córdobas netos (C$ 4,250,000.00), conforme el
siguiente detalle:
Cantidad Denominaciones Total
125,000 Timbres del Valor de C$ 1.00 c/u C$ 125,000.00
100,000 Timbres del valor de C$ 2.00 c/u C$ 200,000.00
150,000 Timbres del valor de C$ 5.00 c/u C$ 750,000.00
150,000 Timbres del valor de C$ 10.00 c/u C$ 1,500.000.00
25,000 Timbres del valor de C$ 25.00 c/u C$ 625,000.00
15,000 Timbres del valor de C$ 50.00 c/u C$ 750,000.00
3,000 Timbres del valor de C$ 100.00 c/u C$ 300,000.00
568,000 C$ 4,250.000.00
Segundo: Se autoriza la emisión de 250,000 (Doscientos
cincuenta mil) pliegos de papel sellado Serie D del valor de C$
5.00 (cinco córdobas) cada uno del número 750001 al 1000000
inclusive.
Tercero: El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia
a partir de su publicación en cualquier medio de comunicación
colectiva, sin perjuicio de su posterior publicación en La
Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los once días del mes de Noviembre
de mil novecientos noventa y seis EMILIO PEREIRA ALEGRÍA,
Ministro de Finanzas.
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