Autorizar Al Tesorero General De La República Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Publico A Suscribir, En Representación Del Ministro De Hacienda Y Crédito Público, Pagarés A Favor Del Banco Centroamericano De Integración Económica (Bcie)

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Acuerdos Ministeriales - (AUTORIZAR AL TESORERO GENERAL DE LA REPÚBLICA DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO A SUSCRIBIR, EN REPRESENTACIÓN DEL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, PAGARÉS A FAVOR DEL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE)) ACUERDO MINISTERIAL No. 32-2006 , Aprobado el 11 de Septiembre del 2006 Publicado en La Gaceta No. 197 del 11 de Noviembre de 2006 EL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA CONSIDERANDO I Que de conformidad con el articulo 21 inciso b) de la Ley No 290 Ley de Organización, Competencia y Procedimiento del Poder Ejecutivo, el Ministro de Hacienda y Crédito Público suscribe, por delegación del Presidente de la República los contratos de préstamo con organismos financieros internacionales para financiar programas y proyectos de inversión pública, actuando en tales casos como Representante Legal de la República de Nicaragua en su calidad de prestatario. II Que en los contratos de préstamos suscritos entre el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) y el Gobierno de la República de Nicaragua, se establece que el Prestatario entregará un Pagaré librado a favor del Banco por el monto de cada desembolso que reciba. III Que conforme el artículo 108, inciso 6, del Decreto Nº 25-2006 Reformas y Adiciones al Decreto Nº 71-98, Reglamento de la Ley Nº 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimiento del Poder Ejecutivo corresponde a la Tesorería General de la República administrar el sistema de cuentas del Tesoro Nacional. POR TANTO En uso de las facultades que le confiere el artículo 21 de la Ley No 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimiento del Poder Ejecutivo, publicado en la Gaceta Diario Oficial, Nº 102 del tres de junio del año mil novecientos noventa y ocho y el articulo 6 numeral 1) de la Ley Nº. 477, Ley General de Deuda Pública publicada en la Gaceta Diario Oficial, No 236 del doce de diciembre del año dos mil tres. ACUERDA PRIMERO: Autorizar al Tesorero General de la República del Ministerio de Hacienda y Crédito Publico a suscribir, en representación del Ministro de Hacienda y Crédito Público, Pagarés a favor del Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), mediante los cuales se evidencien los desembolsos recibidos de parte el BCIE en ejecución de los Contratos de Préstamos en los cuales se establezca tal requisito. SEGUNDO: el presente Acuerdo Ministerial entra en vigencia a partir de esta fecha, sin prejuicio de su posterior publicación en el Diario Oficial, la Gaceta. Dado en la ciudad de Managua, a los once días del mes de septiembre del año dos mil seis. Mario J Flores Loaísiga Ministro de Hacienda y Crédito Público -