Autorización Para La Dirección General De Ingresos Para Resellar Libretas De Pasaportes

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Orden Interno Rango: Acuerdos Ministeriales - (AUTORIZACIÓN PARA LA DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS PARA RESELLAR LIBRETAS DE PASAPORTES DE LA SERIE "D" ) ACUERDO MINISTERIAL No. 15-2000, Aprobado 7 de Abril del 2000 Publicado en La Gaceta No. 96 del 23 de Mayo del 2000 EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO DEL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA En uso de las facultades que le confiere la Ley No. 290 (Ley de Organización, Competencia y Procedimiento del Poder Ejecutivo), publicada en La Gaceta, Diario Oficial No, 102 del 03 de Junio de 1998, Arto. 21, acápite d) de dicha Ley del Acuerdo Presidencial 327-98 publicado en La Gaceta, Diario Oficial, Número 167 del cuatro (04) de Septiembre de 1998. CONSIDERANDO I Que la Dirección General de Ingresos (DGI), es la Entidad del Gobierno, responsable de la custodia y distribución de las Especies Fiscales, incluyen los Pasaportes que se otorgan, a beneficiarios de los mismos. II Que las Libretas de los Pasaportes serie C Pasaporte Ordinario, están por agotarse sin que sea posible su pronta reposición y que la Dirección General de Ingresos tiene en existencia libretas de pasaportes de la serie D Pasaporte Ordinario y que se identifican bajo los números 111,001 al 113,000 inclusive. POR LO TANTO: ACUERDA PRIMERO: Autorizar a la Dirección General de Ingresos para que las libretas de Pasaporte de la Serie D sean reselladas y puedan usarse, como libretas de Pasaporte serie C, teniendo el sello las siguientes características: Dirección General de Ingresos Residente en Nicaragua  Ministerio de Hacienda y Crédito Público. SEGUNDO: El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial o en cualquier medio de comunicación colectivo. Dado en la ciudad de Managua, a los siete días del mes de Abril del año dos mil.- ESTEBAN DUQUE ESTRADA, Ministro de Hacienda y Crédito Público. -