Apruébase Resolución Del Comité Coordinador De La Industria Láctea

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Empresa Industria y Comercio Rango: Acuerdos Ministeriales - APRUÉBASE RESOLUCIÓN DEL COMITÉ COORDINADOR DE LA INDUSTRIA LÁCTEA ACUERDO No. 8-V. Aprobado el 15 de Marzo de 1972. Publicado en La Gaceta No. 73 del 5 de Abril de 1972. EL MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO, En uso de las facultades que le confiere el párrafo 2º del Arto. 1º del Decreto No. 723 y el Arto. 7º del Decreto No. 13 del 22 de Febrero de 1968, ACUERDA: Artículo 1.- Aprobar lo resuelto por el Comité Coordinador de la Industria Láctea, en el Punto No. 4 de la sesión celebrada el 9 de Marzo del corriente año, mediante la cual se acordó el precio de compra de TRES CÓRDOBAS (C$ 3. 00) por galón de leche industrial de las plantas a los productores, por el período que corre del 13 de Marzo al 31 de Mayo del corriente año, así como también, el precio de DOS CÓRDOBAS Y CINCUENTA CENTAVOS ( C$ 2.50) por galón de leche industrial, a partir del uno de Junio de cada año, para el período de invierno, sin que esto implique aumento de precio para el público consumidor. Artículo 2.- El presente Acuerdo surte sus efectos desde el 9 de Marzo del corriente año y deberá publicarse en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en Managua, Distrito Nacional, a los quince días del mes de Marzo de mil novecientos setenta y dos.- JUAN JOSÉ MARTÍNEZ L.- MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO.- ORLANDO GUADAMUZ E.- OFICIAL MAYOR. -