Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Acuerdos Ministeriales
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ACUERDOS ESPECIALES CONCERTADOS
ENTRE EL GOBIERNO Y LA FAO
ACUERDO MINISTERIALES NO.009. Aprobado el 4 de Mayo de
1996
Publicado en La Gaceta No.144 del 2 de Agosto de 1996
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
ACUERDA:
Señor Director General:
Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Excelencia, en ocasión de
avisar recibo de su atenta nota Ref: DDF-DG81/600 de fecha 4 de
mayo del corriente año, en lo que se refiere a las conversaciones
celebradas entre representantes del Gobierno de Nicaragua y
Funcionarios de la Organización de las Naciones Unidas para la
Agricultura y Alimentación (FAO), acerca de las disposiciones
necesarias para el establecimiento de una Representación de la FAO
en Nicaragua y la designación de un representante y, a ese respecto
me da a conocer las siguientes propuestas:
1.- Dentro de los límites de su presupuesto, la FAO nombrará
a un Representante en Nicaragua y asignará a su oficina el personal
necesario para que le asista en el desempeño de sus funciones.
Antes de destinar un Representante a Nicaragua, la FAO someteré su
nombre a la aprobación del Gobierno facilitando su Curriculum
Vitae. Una vez recibida esta aprobación, la FAO comunicará también
al Gobierno los nombres de los familiares a cargo de este
Representante que residirán con el en su lugar de destino. Lo mismo
se aplicará al personal el en su lugar del destino. Lo mismo se
aplicará al persona no nacional que la FAO se proponga destinar a
la Oficina de la FAO en el país.
2.- El Representante de la FAO representará a la
Organización en Nicaragua y se ocupará, dentro de los límites de la
autoridad a él delegada, de todos los aspectos de las actividades
de la Organización en el país, en el efectivo desempeño de sus
funciones, el Representante de la FAO tendrá acceso directo a
través de los canales apropiados, con los niveles de política y
planificación del Gobierno en los sectores agrícola, pesquero y
forestal de la economía, así con los organos centrales de
planificación.
Excelentísimo Señor.- Eduardo Sacuma, Director General de las
Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO)
Presente.
3.- La asistencia técnica que proporcione la FAO con cargo a
sus recursos presupuestarios se estipulará en acuerdos especiales
concertados entre el Gobierno y la Organización utilizando los
mecanismos de coordinación de la cooperación técnica vigentes en el
país.
4.- El Gobierno presentará asistencia al establecimiento y
al funcionamiento efectivo de la Oficina del Representante de la
FAO, proporcionando gratuitamente:
a) Locales adecuados de oficinas para el Representante de la
FAO y su personal, así como los muebles, material de oficinas y
suministros necesarios; se excluye el equipo de oficina que no se
fabrique en el país, tales como máquinas de escribir, de
reproducción, calculadoras, aire acondicionado y otros:
b) Los servicios del personal local, incluída asistencia
administrativa y de secretaría según acuerden periódicamente el
Gobierno y la FAO.
c) Suministro de Electricidad y agua, así como los servicios
de limpieza y todos los servicios de mantenimiento y reparación de
las mencionadas oficinas;
d) Facilidades de comunicación interna, incluyendo
franquicia postal interna.
5.- El Gobierno conviene en aplicar a la anización a sus
funcionarios, bienes, fondos y haberes de la misma, las
disposiciones de la Convención sobre las Prerrogativas e
inmunidades de los Organismos Especializados. El Representanter de
la FAO en Nicaragua gozará del tratamiento concedido en virtud del
derecho internacional a los Jefes de Misión Diplomática El Gobierno
conviene asimismo, en conceder a la FAO, al Representanter de la
FAO y a los funcionarios a las órdenes de éste, prerrogativas e
inmunidades no menos favorables que las concedidas a cualquier otra
organización internacional y funcionarios de ésta en
Nicaragua.
6.- El Gobierno adoptará todas las medidas necesarias para
facialitar la entrada, estancia y salida de Nicaragua de todas las
personas que visiten la Oficina del Representante de la FAO para
tratar asuntos oficiales; y el viaje del personal de las
instituciones pertinentes de Nicaragua cuando sea necesario en
relación con las actividades de la FAO.
También me expresa en su comunicación que si las propuestas
indicadas son aceptables para mi gobierno, su carta y mi repuesta
afirmativa constituirán un acuerdo entre el Gobierno de Nicaragua y
la FAO.
En repuesta me complace manifestar a Vuestra Excelencia que mi
Gobierno acepta los términos se de sus propuestas para el
establecimiento de una Representación de la FAO en Nicaraguga y
para la designación de un Representante.
Hago propicia la oportunidad para reiterar a Vuestra Excelencia,
las seguridades de mi más alta y distinguida consideración. Miguel
D' Escoto Brockmann Ministro del Exterior.-
NOTA: No tiene el texto ratificado por el Poder
Ejecutivo.
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