Acuerdo Suprimiendo La Comandancia Del Presidio De Leon, En El Interin El Número De Presidarios No Llegue Á Diez, Quedando Estos Bajo La Inspeccion Y Responsabilidad Del Gobernador De Policía
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Rango: Acuerdos Ministeriales
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ACUERDO
SUPRIMIENDO LA COMANDANCIA DEL PRESIDIO DE LEON, EN EL INTERIN EL
NÚMERO DE PRESIDARIOS NO LLEGUE Á DIEZ, QUEDANDO ESTOS BAJO LA
INSPECCION Y RESPONSABILIDAD DEL GOBERNADOR DE POLICÍA.
Aprobado el 18 de Agosto de
1866
Publicado en La Gaceta No. 34 del 25 de Agosto de 1866
El
Gobierno
Teniendo informes de las autoridades de Leon de que el número de
presos condenados á trabajos públicos existentes en aquellas
cárceles está reducido á tres; y que con tal motivo no es
conveniente conservar por ahora el destino de Comandante del
Presidio de aquel Departamento; en uso de sus facultades,
Acuerda:
1º. Suprímese la Conmandancia del presidio del Departamento
de Leon mientras el número de presidarios no llegue á diez,
quedando entretanto bajo la responsabilidad del Gobernador de
Policía del mismo, los pocos presos que haya y la fuerza destinada
á custodiarlos.
2º. Comuníquese.- Managua, agosto 18 de 1866.-
Martinez.
El Ministro de Gobernacion y Guerra.- Selva.
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