Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Propiedad
Rango: Acuerdos Ministeriales
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ACUERDO, REGLAMENTANDO LA MANERA
DE SOLICITAR TESTIMONIO DE LOS TÍTULOS ORIJINALES DE
TIERRAS.
ACUERDO MINISTERIAL, Aprobado el 4 de marzo de 1878
Publicado en La Gaceta No. 11 del 9 de Marzo de 1878
El Gobierno:- Deseando reglamentar la manera de justificarse la
legalidad que ha de concurrir en los que solicitan testimonios de
los títulos orijinales que se conservan en el Ministerio de
Hacienda, de conformidad con lo dispuesto en el art. 14, sección 2º
de la lei de 23 de marzo de 1877,- Acuerda:
1º Los que pretendan obtener testimonios de los títulos orijinales
que se Hacienda, ocurrirán con su petición en papel del sello 3º al
Subdelegado de Hacienda del departamento donde el terreno esté
ubicado.
2º Hecha la solicitud, el Subdelegado citará á todos los que por
cualquier motivo puedan tener interés en el asunto; i á efecto de
que esta citación llegue á conocimiento de ellos, fijará avisos en
el periódico oficial para que dentro del término de treinta días
comparezcan á consignar en el espediente los motivos legales que
tengan para oponerse á la espedición del título.
3º Pasado el término señalado en el artículo anterior, i no
habiendo habido oposición, el Subdelegado enviará al Ministerio de
Hacienda la solicitud, haciendo constar al pié de ella esta
circunstancia para que se estienda la copia del título. En el caso
contrario pondrá el auto de remisión al pié del escrito ó escritos
que consignen las partes opositoras. En uno i otro caso el Ministro
de Hacienda librará la copia pedida á continuación del auto de
remisión del Subdelegado.
Comuníquese- Managua, marzo 4 de 1878- Chamorro- El Ministro
de Hacienda-Benard.
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