Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Rango: Acuerdos Ministeriales
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ACUERDO POR EL CUAL SE
RESTABLECE LA VENTA DE AGUARDIENTE
ACUERDO MINISTERIAL, Aprobado el 11 de Julio de 1893
Publicado en La Gaceta No. 60 del 19 de Agosto de 1893
J. Manuel Arce, Prefecto y Subdelegado de Hacienda del
Departamento.
Habiendo cesado los motivos que dieron lugar a prohibir en esta
ciudad la venta de aguardiente y licores fuertes, y debiendo ésta
permitirse con las restricciones que la práctica aconseja, En uso
de sus facultades, acuerda:
1º. - Restablécese la venta de aguardiente y licores fuertes,
suprimidas temporalmente por acuerdo de esta Prefectura del 26 de
Julio último.
2º. - Queda absolutamente prohibido á los concesionarios de
estanquillos, traspasar sus derechos á otras personas, bajo pena de
retirar á los contraventores la concesión, con el solo informe del
señor Administrador de Rentas, quien tiene sobre ellos el derecho
de supervigilancia.
Publíquese Managua, 11 de Julio de 1893 J. Manuel Arce.
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