Acuerdo, Facilitando El Procedimiento En Las Causas De Contrabando I Defraudacion

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Penal Rango: Acuerdos Ministeriales - ACUERDO, FACILITANDO EL PROCEDIMIENTO EN LAS CAUSAS DE CONTRABANDO I DEFRAUDACIÓN Aprobado el 4 de Junio de 1879 Publicado en La Gaceta No 29 del 10 de Junio de 1879 El Gobierno  Deseando facilitar el procedimiento de las causas de contrabando i defraudacion de los intereses del Fisco; i además alejar las dudas que puedan ofrecerse sobre la autorización en dichas causas, con Secretario, en lugar de Escribano ó dos testigos,  Acuerda: ÚNICO: En las causas que se instruyan por contrabando ó defraudacion de derechos fiscales, podrán actuar los Jueces que conozcan de ellas, con Escribano, Secretario ó dos testigos. Comuníquese  Managua, Junio 4 de 1879  Zavala  El Ministro de Hacienda  Benard. -