Normas Jurídicas
de Nicaragua
Rango: Acuerdos Ministeriales
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ACUERDO, DISPONIENDO QUE ALGUNOS
EMPLEADOS MEJOREN SUS CORRESPONDIENTES FIANZAS Y OTROS QUE LAS
RINDAN.
Aprobado el 15 de Mayo de 1866
Publicado en La Gaceta No. 20 del 19 de Mayo de 1866
El Gobierno:
Con presencia del informe de la Contaduría mayor, por el cual
aparece que el Administrador de la aduana de San Carlos don Pánfilo
Osorno, el de rentas de Chontales don Leandro Morales, el Tesorero
general don Nicolas Buitrago, y el Administrador de rentas de
Granada don Francisco Solórzano, no han mejorado sus respectivas
fianzas, llenando el requisito que les falta, de mancomunidad con
la esposa de fiador; y que el Contador vista de San Carlos don
Domingo Montiel, el Administrador de tabaco y pólvora de Masaya don
Tomas Abaunza y el de rentas de Masatepe don José Alvarado, aun no
ha rendido la que les corresponde; en uso de sus facultades,
Acuerda:
1º. Si dentro de quince días de notificado el presente
acuerdo a los mencionados empleados por los Subdelegados
respectivos y Comandante de San Carlos, no hubiesen aquellos
rendido sus respectivas fianzas ó mejorado los que las tienen
viciadas, quedan por el mismo hecho suspensos de sus empleos.
2º. Los mismos Subdelegados de hacienda y Comandante de San
Carlos, son encargados de hacer efectiva esta disposicion, bajo su
mas estrecha responsabilidad; practicando lo que para este caso
está dispuesto por la ley.
3º. Comuníquese.- Managua, mayo 15 de 1866-
Martinez.
El Ministro de Fomento, encargado accidentalmente de la cartera de
hacienda- Silva.
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