Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Ministeriales
-
ACUERDO, ARREGLANDO EL SISTEMA
ECONÓMICO DE LA INTENDENCIA DE SAN JUAN DEL NORTE
Publicada en La Gaceta No. 27 del 7 de Julio de 1866
Managua, Julio 7 de mes
El Gobierno:
Teniendo en consideración las circunstancias excepcionales por las
que se ha mandado gobernar la ciudad y puerto de San Juan del
Norte, y no habiendo hasta ahora un Tribunal ó autoridad que reciba
las cuentas que debe rendir anualmente el Sr. Gobernador Intendente
de dicha ciudad y puerto; en uso de sus facultades.
Acuerda:
1º. El sistema económico que observará la Intendencia de San
Juan del Norte, será el mismo que ha acostumbrado hasta ahora y
lleve en lo sucecivo el año económico se computará conforme el art.
32 del Reglamento de Hacienda de 22 de agosto de 1861.
2º. Las cuentas que ha llevado hasta ahora y lleve en lo
sucesivo el Sr. Gobernador Intendente, serán rendidas á la
Contaduría mayor, cuyo Tribunal las glozará conforme los estatutos
especiales y órdenes que aquel empleado reciba del Gobierno;
teniendo presente con especialidad el art. 7º. De la Convención
celebrada entre el Gobierno y (ilegible en gaceta) el 17 de marzo
de 186(ilegible en gaceta).
3º. Las órdenes del Gobierno que establezca en asuntos
económicos una regla general para San Juan del Norte, serán
trascritas á la Contaduría mayor; y las que se contraigan á un
asunto especial bastará que el Sr. Gobernador Intendente las
agregue de comprobante á su cuenta.
4º. Comuníquese.- Managua, julio 2 de 1866- Martinez.
El Srio. de Hacienda.- Alegría.
-