Delega Funciones Y Atribuciones En La Corporación Municipal De Mercados De Managua) (Commema

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Municipal Rango: Acuerdos Administrativos - (DELEGA FUNCIONES Y ATRIBUCIONES EN LA CORPORACIÓN MUNICIPAL DE MERCADOS DE MANAGUA) (COMMEMA) ACUERDO ADMINISTRATIVO No. 3, Aprobado el 30 de Noviembre de 1981 Publicado en el Diario Barricada Edición No. 841 del 6 de Diciembre de 1981 EL MINISTERIO DE COMERCIO INTERIOR En uso de las facultades que confiere el Decreto No. 323, Ley de Defensa de Consumidores publicado en La Gaceta", Diario Oficial No. 50, del 28 de Febrero de 1980, y el Decreto No. 824, Ley Orgánica del Ministerio de Comercio Interior, publicado en La Gaceta , Diario Oficial No. 218 del 28 de Septiembre de 1981. ACUERDA: Artículo 1.- Delegase en la Corporación Municipal de Mercados de Managua (COMMEMA), las funciones y atribuciones que por ley corresponden a este Ministerio, para ser aplicadas por dicha Corporación al Interior de todos los mercados bajo administración de la misma. Artículo 2.- Para el mejor desempeño de esta delegación de funciones y atribuciones, la Corporación Municipal de Mercados de Managua (COMMEMA), podrá dictar los Reglamentos, ordenanzas, regulaciones, normas y medidas que estime conveniente para el cumplimiento de sus objetivos. Artículo 3.- Toda persona natural o jurídica que ejerza el comercio en lo que actualmente comprende y se conoce como Mercado Oriental deberá obtener de la Corporación Municipal de Marcados de Managua (COMMEMA), un permiso emanado por dicha Corporación. Este requisito será indispensable para la obtención de la Licencia de Comercio otorgada por el Ministerio de Comercio Interior. Artículo 4.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en cualquier medio de comunicación colectiva, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, a los treinta días del mes de Noviembre de mil novecientos ochenta y uno. Ministerio de Comercio Interior (MICOIN). -