Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdo Ejecutivo
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ACUERDO EJECUTIVO DE 29 DE
DICIEMBRE DE 1851, SOBRE LOS REQUISITOS QUE DEBEN TENER LOS
DECRETOS, ACUERDOS Y ÓRDENES DEL GOBIERNO PARA SU CIRCULACIÓN
Código de la Legislación de la República de Nicaragua Libro
Primero. De la Rocha, Jesús
El Gobierno Supremo. Para la seguridad recíproca suya y de los
ministros,
ACUERDA:
1º. Que ningún decreto o acuerdo que produzca mandato se
comunique sin estar firmado en el correspondiente libro.
2º. Que las órdenes que se expidan por los respectivos
ministerios, no circulen sin haberse rubricado al margen por el
gobernante en el libro copiador.
Granada, diciembre 29 de 1851.
NOTA: Se respeta
el contenido original del texto, conservando la ortografía,
gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
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