Norma Zoosanitaria Acuícola

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Salud Rango: Resoluciones - NORMA ZOOSANITARIA ACUÍCOLA ANEXO 6 - RESOLUCIÓN No 117-2004 (COMIECO) Publicado en La Gaceta No. 201 del 15 de Octubre del 2004 ÍNDICE PRESENTACIÓN OBJETIVO GENERAL DEFINICIONES LISTADO DE ENFERMEDADES DE DECLARACIÓN OBLIGATORIA I. PECES II. CRUSTÁCEOS III. MOLUSCOS LISTADO DE OTRAS ENFERMEDADES IMPORTANTES LISTAS DE ESPECIES REFERIDAS EN LAS NORMAS PARA LA IMPORTACIÓN A. PECES DE AGUA DULCE PARA CONSUMO: B. PECES ORNAMENTALES: C. PECES DE AGUA SALADA PARA CONSUMO: D. ANFIBIOS E. CRUSTÁCEOS F. MOLUSCOS NORMAS GENERALES ZOOSANITARIAS PARA ORGANISMOS ACUÁTICOS Y SUS DERIVADOS DE RIESGOS PARA LA ACUICULTURA LISTADO DE REQUISITOS ZOOSANITARIOS ESPECÍFICOS Ver Listado en la página 5818 de La Gaceta 201 del 15 de Octubre del 2004 No. 1: CERTIFICADO ZOOSANITARIO INTERNACIONAL PARA PECES VIVOS Y SUS GAMETOS No. 2: CERTIFICADO ZOOSANITARIO INTERNACIONAL PARA MOLUSCOS VIVOS No. 3: CERTIFICADO ZOOSANITARIO INTERNACIONAL PARA CRUSTÁCEOS VIVOS OBJETIVO GENERAL Ordenar y facilitar el comercio de organismos acuáticos y proteger la actividad pesquera y la acuicultura de los países de la región, mediante el establecimiento de requisitos sanitarios de importación. DEFINICIONES Alevines: Es el estado final del desarrollo embrionario de los peces, en el que están definidas las características fisiológicas y anatómicas de la especie. Autoridad competente: Designa los servicios veterinarios nacionales y/u oficiales o cualquier otra autoridad de un país, competente para garantizar o supervisar la aplicación de las medidas zoosanitarias. Certificación Sanitaria: Es el proceso para controlar y prevenir la diseminación de enfermedades importantes de animales acuáticos y sus productos a través del comercio nacional e internacional. Tal certificación debe estar basada en procedimientos metodológicos estándar y altos valores éticos. Cerificado Zoosanitario Internacional: Designa un certificado extendido por un miembro del personal de la Autoridad Competente del país exportador, en el que se hace constar el estado de salud de los animales acuáticos y se declara que los animales acuá ;ticos proceden de un lugar sometido a vigilancia sanitaria oficial segú n los procedimientos descritos en el Manual. Crustáceos: Designa a los organismos acuáticos pertenecientes a la rama de los artrópodos, una vasta categoría de animales acuáticos caracterizados por su exoesqueleto quitinoso y sus apéndices articulados que incluye entre otras especies a los cangrejos, los camarones, los isó ;podos, ostrácodos y anfípodos. Enfermedades de Declaración Obligatoria: Son aquellas de alto riesgo, contenidas en las regulaciones internacionales, principalmente las que no tienen tratamiento actual conocido o que son de muy difícil control. Establecimiento de acuicultura autorizado: Designa un establecimiento de acuicultura que reúne las condiciones necesarias para ser reconocidos libre de enfermedades de los peces, moluscos o crustáceos referido en el presente documento. Fracción Arancelaria Zoosanitaria: Es la especificación de los Requisitos Zoosanitarios armonizados al Sistema Arancelario Centroamericano. Gametos: Designa el semen o los huevos no fecundados de peces que se conservan o transportan por separado antes de la fecundación. Huevo: Designa un óvulo fecundado y viable de animal acuático. La expresión huevos verdes  se aplica a los huevos de peces recién fecundados. La expresión huevos embrionados  designa los huevos de peces en que son visible los ojos del embrió ;n y que pueden ser transportados. Inspección: Designa los controles que efectúa la autoridad competente con el propósitos de garantizar que uno o varios animales acuáticos están libres de las enfermedades/infecciones contempladas en el presente documento; la inspección puede requerir exámenes clí nicos, pruebas de laboratorio y en general la aplicación de otros procedimientos que permiten detectar la presencia de una infección en una población de animales acuáticos. Lote: Designa un grupo de animales acuáticos de un establecimientos de acuicultura que pertenecen a la misma especie, proceden del mismo ambiente y han compartido siempre el mismo suministro de agua. Moluscos: Organismos acuáticos pertenecientes a la rama de los moluscos, del subgénero metazoos, caracterizado por cuerpos blandos e indivisos. La mayoría de las especies están envueltas en una concha calcárea. La distintas fases de desarrollo de los moluscos son: larval, post-larval, juvenil y reproductora. Organismos Acuáticos: Son aquellos cuyo hábitat natural es el agua durante su ciclo o parte del ciclo biológico. Otras Enfermedades Importantes: Designa las enfermedades que tienen o pueden tener importancia en acuicultura al nivel internacional, pero que no han sido incluidas en la lista de enfermedades de declaración obligatoria a la OIE, porque revisten menor importancia que éstas últimas, o porque su distribución geográfica es limitada o es demasiada amplia para que Nota: Así finaliza en Gaceta. "Ver Listado en Gaceta No. 201 del 15 de Octubre del 2004" -