Modificaciones Al Plan De Estudios De La Enseñanza Media

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Educación y Cultura Rango: Resoluciones - MODIFICACIONES AL PLAN DE ESTUDIOS DE LA ENSEÑANZA MEDIA RESOLUCIÓN No. 783, Aprobado el 26 de Abril 1961 Publicado en La Gaceta No. 94 del 29 de Abril de 1961 EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA, Considerando: Que la Dirección de Educación Media, con el concurso de las Asociaciones de Profesores de Letras, Ciencias y Matemáticas de Nicaragua, ha recomendado la reforma del Plan de Estudios de Secundaria para dar mayor amplitud, cohesión y profundidad a los programas de estas tres áreas; Considerando: Que está pendiente la reforma integral de la Educación Media dentro de cuyo espíritu caben las reformas parciales propuestas; Considerando: Que la aplicación inmediata de estas reformas (impone una redistribución del tiempo y un mejor equilibrio de las asignaturas del Plan de Estudios;) Resuelve: 1.- Incorporar en el Quinto Año del Plan de Estudios de Secundaria, la asignatura de Castellano V Curso (Historia de la Literatura), con tres horas semanales. Estas horas se tomarán de las correspondientes a Educación Física V Curso, cuyo programa se desarrollará como actividad extracurricular, y a Geología y Cosmografía, que se reduce a dos horas semanales. 2.- Incorporar en el Primer Año de Secundaria la asignatura de Ciencias I Curso, con tres horas semanales. Estas horas se tomarán de las correspondientes a Raíces Griegas y Latinas, cuyo programa se desarrollará como parte integrantes del de Castellano. 3.- Denominar con las nombres Matemáticas I, II, III, IV y V Cursos las asignaturas de Aritmética Razonada y Comercial (Primer Año), Algebra (Segundo Año), Geometría Plana y del Espacio (Tercer Año), Trigonometría y Nociones de Topografía (Cuarto Año) y Revisión de los Estudios de Matemáticas, Ejercicios y Problemas (Quinto Año). 4.- Continuar ensayando, con carácter de experiencia obligatoria, los actuales programas de Castellano, Ciencias y Matemáticas. 5.- La presente Resolución surte efectos de Ley a partir de mayo próximo y deroga toda disposición que se le oponga. Comuníquese, Cópiese y Archívese.- Managua D. N., 26 de Abril de 1961.- El Ministro de Educación Pública, René Schick.- Ante Mí: Fernando Valle Quintero, Director de Servicios Administrativos de Educación Pública. -