Demárcase Como Radio Central De La Ciudad De Managua

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Municipal Rango: Resoluciones - (DEMÁRCASE COMO RADIO CENTRAL DE LA CIUDAD DE MANAGUA) Publicado en La Gaceta No. 233 del 9 de Octubre de 1953 Dirección del Impuesto Sobre la Renta.-Managua Distrito Nacional, diecisiete de Septiembre de mil novecientos cincuenta y tres.-Las once de la mañana Para los efectos del Arto. 49, a) inc. 4., de la Ley Complementaria y Reglamentaria de la IR, y en uso de las facultades que le confiere el Arto. 88 de ese mismo Decreto, la Dirección, RESUELVE: Demarcar como radio central de la ciudad de Managua, dentro del cual deberán los declarantes señalar casa conocida para oír notificaciones; la sección comprendida dentro de los límites siguientes: «Partiendo del punto de intersección de la 2a. Avenida N.O. con la calle 8a. Calle N.O., se sigue hacia el Occidente dicha 8a. Calle N.O. hasta su intersección con la 11a. Avenida N.O. De ahí se sigue esta Avenida hacia el Sur, hasta su intersección con la Calle Colon (6a. Calle S.O.)De ahí hacia el Oriente hasta su empalme con el «Boulevard Somoza» y luego hasta cortar la 11a. Avenida S.E. De este punto se sigue dicha Avenida, hacia el Norte, hasta su intersección con la 3a. Calle N.E; y siguiendo esta calle hacia Occidente hasta la esquina donde se intersecta con la 7a. Avenida N.E. De aquí se sigue hacia el Norte hasta el punto donde esta Avenida corta la Línea Férrea hacia el Occidente, hasta regresar al punto de partida, o sea la intersección de la 2a. Avenida y la 8a. Calle N.O.» Publíquese en el Diario Oficial "La Gaceta" y en los periódicos de mayor circulación de esta capital.-C. H. HUECK Jr., Director del Impuesto sobre la Renta.-Ante mí: JOAQUÍN SÁNCHEZ J., Secretario General. -