Aprobar Apertura Y Modificación A Determinados Rubros Obtenidos En Anexo "a" Del Convenio Sobre El Régimen Arancelario Y Aduanero Centroamericano

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Empresa Industria y Comercio Rango: Resoluciones - (APROBAR APERTURA Y MODIFICACIÓN A DETERMINADOS RUBROS OBTENIDOS EN ANEXO "A" DEL CONVENIO SOBRE EL RÉGIMEN ARANCELARIO Y ADUANERO CENTROAMERICANO) RESOLUCIÓN No. 244-2009 (COMIECO EX), Aprobado el 19 de Junio de 2009 Publicada en La Gaceta No. 176 el 18 de Septiembre de 2009 EL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA CONSIDERANDO: Que de conformidad con los artículos 38 del Protocolo al tratado General de Integración Económica Centroamericana Protocolo de Guatemala modificado por la Enmienda del 27 de febrero de 2002; y 6, 7 y 22 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, es competencia del Consejo de Ministros de Integración económica modificar los Derechos Arancelarios a la Importación (DAI) contenidos en el Arancel Centroamericano de Importación; Que en el proceso de establecimiento de la Unión Aduanera Centroamericana, el Comité de Política Arancelaria alcanzó acuerdos sobre la modificación y apertura de algunos rubros arancelarios y elevó a la consideración de este Foro la correspondiente propuesta de Modificación del Arancel Centroamericano de Importación; Que el Consejo De Ministros se puede reunir de manera virtual mediante el sistema de video conferencia, en cuyo caso, le corresponde a la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA), recopilar la firma de cada uno de los Ministros o Viceministros, en su caso, de su respectivo país, POR TANTO: Con fundamento en los artículos 1, 3, 4, 6, 7, 13, 14, 15, 17, 18, 22, y 23 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano; y 1, 6 10 15, 36, 37, 38, 46, 52, y 55 del Protocolo de Guatemala; y 19, 20, 20 Bis, 32 y 32 Bis del Reglamento de Organización y Funcionamiento de los Consejos: de Ministros de Integración Económica, Intersectorial de Ministros de Integración Económica y Sectorial de Ministros de Integración Económica, RESUELVE: 1. Aprobar la apertura y modificación a los Derechos Arancelarios a la Importación de los rubros siguientes, que están contenidos en el Arancel Centroamericano de Importación, Anexo A del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano: 1. Apertura y modificación arancelaria: CODIGO DESCRIPCIÓN DAI % 72.17 ALAMBRE DE HIERRO O ACERO SIN ALEAR 7217.2 -Cincado: 7217.20.1 --Con un contenido de carbono inferior al 0.25% en peso: 7217.20.12 ---Cincado electrolíticamente (electrogalvanizado), con diámetro superior o igual a 0.50 mm pero inferior a 1.4 mm 0 2. Modificación Arancelaria CODIGO DESCRIPCIÓN DAI % 15.11 ACEITE DE PALMA Y SUS FRACCIONES. INCLUSO REFINADO, PERO SIN MODIFICAR QUIMICAMENTE 1511.9 -Los demás: 1511.90.90 --Otros 15 1. La presente Resolución entrará en vigor treinta (30) días después de la presente fecha y será publicada por los Estados Parte. Centroamérica, 19 de Junio de 2009, Amparo Pacheco Oreamuno, Viceministra, en presentación del Ministro de Comercio Exterior de Costa Rica; Héctor Dada Hirezi, Ministro de Economía de El Salvador; David Cristiani Flores, Viceministro, en representación del Ministro de Economía de Guatemala; Jaime Turcios, Viceministro en representación del Ministro de Industria y Comercio de Honduras; Orlando Solórzano Delgadillo, Ministro de fomento, Industria y Comercio de Nicaragua. -