Anexo Al Reglamento Centroamericano Sobre El Origen De Las Mercancías

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Reglamentos - ANEXO REGLAMENTO CENTROAMERICANO SOBRE EL ORIGEN DE LAS MERCANCÍAS Publicado en La Gaceta No. 144 del 26 de Julio de 2006 REGLAS DE ORIGEN ESPECÍFICAS PARTE I.- NOTAS GENERALES INTERPRETATIVAS 1. Para los propósitos de interpretar las reglas de origen establecidas en Anexo los siguientes términos significan: Sección: Una sección del Sistema Armonizado. Capítulo: Un código de clasificación arancelaria del Sistema Armonizado a nivel de dos dígitos. Partida: Un código de clasificación arancelaria del Sistema Armonizado a nivel de cuatro dígitos. Subpartida: Un código de clasificación arancelaria del Sistema Armonizado a nivel de seis dígitos. Inciso: Un código de clasificación arancelaria del Sistema Arancelario Centroamericano (SAC) a nivel de ocho dígitos. 2. La regla de origen específico o el conjunto de reglas de origen específicas que se aplica a una partida, subpartida o inciso se establece al lado de la partida, subpartida o inciso. 3. Un requisito de cambio de clasificación arancelaria es aplicable solamente a los materiales no originarios. 4. Cuando una partida, subpartida o inciso arancelario esté sujeta a reglas de origen de origen específicas optativas, será suficiente cumplir con una de ellas. 5. Cuando una regla de origen específica esté definida con el criterio de cambio de clasificación arancelaria y la regla esté escrita de manera que se exceptúen posiciones arancelarias a nivel de capítulo, partida, subpartida o inciso arancelario, cada Parte interpretará que la regla de origen requiere que los materiales clasificados en las posiciones arancelarias excluidas sean originarios para que la mercancía sea originaria. 6. Cuando una regla se refiere a un cambio de partida o subpartida fuera del grupo, cada Parte deberá interpretar que la regla requiere que el cambio de partida o subpartida debe ocurrir desde una partida o subpartida que está fuera del grupo de partidas o subpartidas establecidas en la regla. -