Creación De La Política De Servicios Del Archivo General De La Nación

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Educación y Cultura Rango: Ordenes Administrativas - CREACIÓN DE LA POLÍTICA DE SERVICIOS DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN ORDEN ADMINISTRATIVA No. 02-2004, Aprobada el 07 de junio del 2004 Publicada en La Gaceta No. 121 del 22 de junio del 2004 POLÍTICA DE SERVICIOS DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN El Suscrito Director General del Instituto Nicaragüense de Cultura, Doctor NAPOLEÓN CHOW HURTADO, en uso de las facultades que le confiere la Ley No 290: Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No 102 del día tres de Junio de mil novecientos noventa y ocho y el Decreto No. 401, CONSIDERANDO I Que de conformidad con la Constitución Política de la República es deber del Estado de Nicaragua promover el rescate, desarrollo y fortalecimiento de la cultura nacional en todas sus expresiones, así como la protección del patrimonio documental de la nación. II Que el Instituto Nicaragüense de Cultura a través de sus instancias especializadas tiene la misión de recoger, custodiar y conservar el acervo documental en el que se sustenta nuestra historia, así como de promover el uso y consulta de los fondos documentales del Archivo General y de los Archivos Administrativos. III Que por ser el material documental único de información primaria y necesaria para la investigación histórica, requiere de un tratamiento especializado que permita la conservación de la documentación prolongando su vida útil, por lo que se hace necesaria la contribución de los usuarios para el mantenimiento de los mismos. POR TANTO RESUELVE: CREACIÓN DE LA POLÍTICA DE SERVICIOS DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN PRIMERO: Para el mejor uso del material documental y funcionamiento del Archivo General de la Nación, se aplicarán las siguientes disposiciones: I.- CLASIFICACIÓN DOCUMENTAL: 1.- El material de Archivo se clasificará en: Documentos de Archivo Histórico período antes y después de 1950 Fotos Históricas Pianos y Mapas de Planoteca Bibliografía de Biblioteca especializada 2.- El material del Archivo General de la Nación no puede salir del local del Palacio Nacional de la Cultura para reproducirse en otro local o para otros fines, sin antes cumplir con los requisitos solicitados por el personal de Servicios del Archivo. 3.- El material que sea autorizado para su reproducción en sala, deberá hacerse con cámara digital para efectos de conservación. 4.- Todo material sujeto a reproducción de acuerdo a los requerimientos establecidos para tal efecto, deberá someterse a la tabla de valores de aranceles para los servicios requeridos. II.- SERVICIOS QUE OFRECE EL ARCHIVO NACIONAL DE LA NACIÓN: 1.- Consulta de documentos de Fondos, colecciones y Biblioteca especializada 2.- Reproducción de Documentos a partir del año 1960 y subsiguientes. Años anteriores al referido solamente se pondrán a la disposición para consultas pero no podrán ser fotocopiados. 3.- Trascripción de documentos históricos 4.- Reproducción de fotos históricas a través de Scanner 5.- Reproducción de pianos y mapas de Fondos y colecciones 6.- Certificación de documentos existentes en el Archivo. 7.- Reproducción de material de Biblioteca Especializada de acuerdo al período establecido en las normas de conservación. SEGUNDO: De acuerdo a los servicios que ofrece el Archivo General de la Nación y a las Disposiciones establecidas para el uso y funcionamiento del mismo, se establece la siguiente tabla de aranceles, tomando como unidad de medida página o unidad documental. 1.- Acreditación en Carne de Investigador valida por seis meses U$ 10.00 2.- Consulta de documentos de Fondos y colecciones del Archivo Histórico U$ 00.00 3.- Reproducción de documentos del archivo histórico posterior al año 1950 U$ 3.00 4.- Reproducción de documentos del archivo histórico anterior al año 1950 U$ 5.00 5.- Trascripción de documentos históricos U$ 3.00 6.- Reproducción de fotos históricas a través de Scanner U$ 3.00 7.- Reproducción de Pianos y Mapas U$ 3.00 8.- Certificación de documentos U$ 3.00 9.- Reproducción de material bibliográfico de biblioteca especializada U$ 3.00 TERCERO: Los aranceles establecidos anteriormente serán cancelados en Caja Central del Instituto Nicaragüense de Cultura ubicada en el Palacio Nacional de la Cultura, debiendo presentar en la Dirección del Archivo General de la Nación el respectivo comprobante en original del servicio cancelado. CUARTO: El presente Acuerdo Administrativo surtirá sus efectos a partir de la firma del Director General del instituto Nicaragüense de Cultura. Comuníquese para su conocimiento y demás efectos legales. Dado en la ciudad de Managua, Palacio Nacional de la Cultura a los siete días del mes de Junio del año dos mil cuatro. NAPOLEÓN CHOW HURTADO, Director General. -