“Delimitación De Los Distritos De Managua”

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Municipal Rango: Ordenanzas Municipales - DELIMITACIÓN DE LOS DISTRITOS DE MANAGUA Decreto No. 9 , Aprobado el 04 de abril de 1989 Publicado en La Gaceta No. 142 del 27 de julio de 1989 DISTRITOS DEL MUNICIPIO DE MANAGUA, EL ALCALDE DE MANAGUA CONSIDERANDO: I Que para los propósitos del funcionamiento y operatividad de los Distritos, es necesario la delimitación física de los mismos, que determine el alcance de las Facultades y atribuciones delegadas, en base al proceso de descentralización municipal. Por Tanto: En uso de las Facultades que le otorga la Ley No. 40 Ley de Municipios, publicada en la Gaceta Diario Oficial No. 155 del 17 de Agosto de 1988 y el Decreto No. 421 Ley Creadora de los Distritos Urbanos del Municipio de Managua, publicado en la Gaceta No. 34 del 16 de Febrero de 1989. Decreta: I.- DISTRITOS DEL MUNICIPIO DE MANAGUA Artículo 1.- De conformidad al Artículo 1 de Decreto 421, del 12 de Enero de 1989 los Distritos se denominan; Distrito Uno Distrito Dos Distrito Tres Distrito Cuatro Distrito Cinco Distrito Seis Distrito Siete (El Crucero) II.- LIMITES DE LOS DISTRITOS: Artículo 2.- En virtud de lo que establece el Artículo 2 del Decreto No. 421, sobre creación de los Distritos Urbanos del Municipio de Managua, cada Distrito está limitado en la siguiente forma: DISTRITO UNO: Norte: Límites del Municipio de Managua Sur: Límites de Comarcas Cuajachillo No. 1 y 2 Este: Costa del Lago de Managua, continuando hacia el Sur en la parte má s baja del Cerro San Carlos, atraviesa la Pista Héroes y Má rtires, Loma de Motastepe, Corta la Carretera Nueva a León, y finaliza en la parte sur más baja del Cerro Motastepe. Oeste: Límite de Comarca Trinidad Norte, Trinidad Central y Cuajachillo. DISTRITO DOS: Norte: Recorre la Costa del Lago de Managua, iniciándose desde el Cerro San Carlos, hasta el límite este de la Plaza Parque Carlos Fonseca Amador. Sur: Se inicia en el extremo nor este del Cerro Motastepe continúa hacia el este sobre la Calle Sur del Barrio Motastepe, atraviesa la carretera Panamericana y continúa hacia el este sobre el Camino a Cuajachillo, Pista Héroes y Mártires de Batahola continuando sobre la Pista Paseo Salvador Allende, hasta llegar a la intersección de Montoya aquí continúa en dirección Sur sobre la 31 Avenida (Avenida del Guerrillero) cruza el Cauce Occidental continúa sobre la 36 Calle hasta su intersección con la Avenida Bolívar en donde finaliza. Este: Se inicia en el extremo nor-este de la Plaza Parque Carlos Fonseca continúa hacia el Sur sobre la Avenida Bolívar hasta su intersección con la 36 Calle. Oeste: Se inicia al este del Cerro San Carlos en su parte más baja, continúa hacia el Sur atravesando la Cuesta Héroes y Má rtires, sigue hacia el sur pasando por el Límite Oeste de la Refinería hasta llegar a interceptar con la Carretera Nueva a Leó n, continúa hasta el extremo nor-este del Cerro Motastepe, e intersectando en este punto la calle sur del barrio Motastepe. DISTRITO TRES: Norte: Se inicia en el paso a desnivel de Tiscapa continuando hacia el Oeste sobre la diagonal del mismo nombre hasta la Avenida Bolívar por donde continúa hacia el norte hasta doblar nuevamente al oeste sobre la 36 Calle, pasando por el Cauce Occidental y continuando sobre la 31 Avenida hasta llegar a Montoya. Se prolonga sobre la Pista Paseo Salvador Allende tomando luego la Pista Héroes y Mártires de Batahola, Camino Cuajachillo, atraviesa la Pista Panamericana sur continuando al oeste sobre la calle sur del Barrio Motastepe y luego sobre los límites Norte de las Comarcas Nejapa, Cedro Galán y Barrio Solano. Sur: Parte de la intersección de la Carretera Managua, Masaya y Camino Viejo a Santo Domingo dentro del límite urbano; bordea el Camino de Oriente hasta encontrar la Pista de la Solidaridad siguiendo rumbo oeste hasta encontrar el camino de San Isidro de la Cruz Verde donde dobla hacia el sur; al llegar a Villa Panamá dobla hacia el oeste bordeando y siempre hacia el oeste hasta encontrar el Paseo Ruben Darío sigue rumbo Sur bordeando la Colonia Miguel Bonilla y luego se dirige hacia el Norte pasando por el Costado oeste del Recinto Universitario Rubén Darío pasa por el costado oeste del Reparto Contry Club continúa hacia el oeste sobre el lí mite Norte de la Comarca los Ladinos baja hacia el sur sobre el límite Oeste de la misma comarca y continúa hacia el sur bordeando el lí mite Comarcal este de San Isidro Libertador; continúa hacia el oeste por el limite Sur de las Comarcas Pochocuape, Héctor López, y San José de la Cañada. Este: Se inicia en la intersección del paso a desnivel de Tiscapa continuando al sur sobre la Carretera a Masaya hasta la intersección con el camino Viejo a Santo Domingo, tomando como punto de referencia el lí mite este del Centro Comercial Camino de Oriente. Oeste: Se inicia en el límite Sur de las Comarcas, San José de la Cañada Chiquilistagua y límite del Municipio de Managua; sigue sobre el límite Oeste de la Comarca Chiquilistagua y Solano hasta el límite Sur de la Comarca Cuajachillo No. 2. DISTRITO CUATRO: Norte: Costa del Lago de Managua, partiendo de la prolongación de la Avenida Bolívar al interceptar la Costa del Lago, siguiendo sobre ésta en dirección este, hasta su intersección con la prolongación de la Pista de la solidaridad (Pista portezuelo). Sur: Se inicia en la intersección de la Carretera a Masaya y la Pista de la Resistencia, continuando sobre ésta hasta llegar al Barrio San Cristóbal continúa sobre el límite sur de este barrio y de la Urbanización Paula Corea, se prolonga al Este sobre la pista Barricada hasta su intersección con la Pista de la Solidaridad. Este: Se inicia en la intersección de la Pista Barricada y la pista de la Solidaridad tomando rumbo norte sobre esta última hasta llegar al Barrio Santa Rosa, el cual bordea en su extremo este hasta llegar a la Carretera Norte, continúa hacia el lago sobre la prolongación de la Pista de la Solidaridad (Pista Portezuelo). Oeste: Se inicia en la Costa del Lago en el límite nor-este de la Plaza Parque Carlos Fonseca, va hacia el sur sobre la Avenida Bolívar, atraviesa la Calle Colón continúa hacia el sur sobre la Pista Paseo Tiscapa hasta llegar al paso a desnivel, aquí continúa al sur sobre la Carretera Masaya hasta interceptar con la pista de la Resistencia. DISTRITO CINCO: Norte: Se inicia en el límite Noroeste de la Comarca los Ladinos, continúa sobre dicho límite en dirección Este luego toma rumbo sur pasando por el Costado Oeste del Reparto Country Club; continú a hacia el Sur sobre el Límite Este de la Comarca los Ladinos, pasa por el Costado Oeste del Recinto Universitario Rubén Darío, sigue al Sur bordeando la Colonia Miguel Bonilla luego toma rumbo Este hasta encontrar Villa Panamá la cual bordea por su Costado sur hasta encontrar el Camino de San Isidro de la Cruz Verde, continúa rumbo Norte sobre este camino hasta encontrar la Pista de la Solidaridad y sigue sobre ella rumbo este hasta el camino de Oriente el cual bordea hasta su intersección con la Carretera Managua Masaya continúa por ésta en sentido Norte hasta la intersección de la Carretera Masaya con la Pista de la Resistencia continúá sobre la pista hacia el este hasta el Barrio San Cristóbal continuando en el límite sur de éste y de la Urbanización Paula Corea hasta la Pista de la Solidaridad, continuando hacia el este sobre el Camino a Sábana Grande hasta llegar al Complejo Concepción Palacios. Va en dirección al sur pasando por el límite Oeste del Barrio 1ro. de Mayo y Villa Flor hasta llegar a la Pista Rural proyectada y sobre ésta en el sentido Nor Oriental hasta interceptar el límite sur del Barrio Villa Venezuela continuando sobre éste hasta el límite oeste de Villa Libertad el cual bordea siguiendo hacia el norte sobre el límite este del Barrio hasta interceptar el límite Sur del Barrio Los Laureles. Sur: Límite sur de las Comarcas Las Enrramadas y Esquipulas en dirección Oeste, hasta interceptar la Carretera a Masaya la cual cruza, sigue en dirección oeste bordeando los límites sur de las Comarcas Gaspar García Laviana, Santo Domingo, San Isidro de la Cruz Verde, Silvia Ferrufino y Casimiro Sotelo. Este: Límite sur este del Barrio Los Laureles en dirección Sur, cruza el camino de las Jaguitas a Sábana Grande, pasa por el lí mite este de la Comarca las Jaguitas y por el límite norte de la Comarca las Enrramadas hasta interceptar el límite del Municipio de Managua. Oeste: Limite Oeste de las Comarcas Casimiro Sotelo y los Ladinos. DISTRITO SEIS: Norte: Costa del Lago de Managua, desde la intersecció n de la prolongación de la Pista de Solidaridad con la Costa del lago, siguiendo la dirección este hasta el límite del Municipio de Managua. Sur: Se inicia en la Pista Rural proyectada en el cruce con el Cauce de Portezuelo, va sobre la Pista en sentido oriental hasta interceptar el límite sur del Barrio Villa Venezuela, continuando sobre este hasta el límite oeste de Vil la Libertad la cual bordea siguiendo hacia el norte sobre el límite del Barrio hasta interceptar el lí ;mite sur del Barrio Los Laureles siguiendo en dirección este hasta el límite Sur este de dicho Barrio sigue en dirección sur, cruza el camino de las Jaguitas a Sábana Grande, pasa por el lími te este de la comarca Las Jaguitas y por el límite Norte de la Comarca las Enrramadas hasta interceptar el límite del Municipio de Managua. Este: Límite del Municipio de Managua. Oeste: Se inicia en la Costa del Lago tomando rumbo sur sobre prolongació ;n de la Pista de la Solidaridad, atraviesa la Carretera N orte y continúa al sur, bordeando el Barrio Santa Rosa, va sobre la Pi sta de la Solidaridad hasta interceptar la Pista Barricada, continúa sobre ésta hacia el este hasta el Complejo Concepción Palacios, va rumbo sur pasand o por el límite oeste del Barrio 1º de Mayo hasta interceptar la Pista Rural proyectada. DISTRITO SIETE: (EL CRUCERO) Este Distrito contiene la Comarca El Crucero , de conformidad con la demarcaci ón territorial que tradicionalmente ha tenido dentro de los siguientes límites: Norte: Límite sur de las Comarcas Santo Domingo, San Isidro de la Cruz Verde, Silvia Ferrufino, Casimi ro Sotelo, San Isidro Libertador, Pochocuape, Héctor López y San José de la Cañada. Sur: Límite Norte de los Munici pios de Ticuantepe y la Concepción en su colindanci a con el límite del Municipio de Managua Este: Límite Oeste de la Comarca Gaspar García Laviana. Oeste: Límite Oeste del Municipio de Managua, en su colindanci a con el límite del Municipio de San Rafael del Sur. III.- DE LOS DELEGADOS DISTRITALES Artículo 3.- Cada Distrito tiene un Delegado, que se denomina delegado distrital de la Alcaldía de Managua, el cuál es nombrado a través de Acuerdo Municipal, bastando la so lo presentación de la Certificación de dicho Acuerdo, para acreditar la personería y competencia del Delegado. Artículo 4.- Los Delegados Distritales deben mantener estrecha coordinación con las delegaci ones de los diferentes Ministerios y Entes autónomos y descentralizados del Distrito, a fin de procurar optimizar los recursos. IV.- FACULTADES Y ATRIBUCIONES Artículo 5.- Los Distritos de Managua, tienen las siguientes facultades y atribuciones: 1.- Supervisar el Servicio de Li mpieza Pública especialmente velar por el efect ivo cumplimiento de la recolección domiciliar y de la limpieza de call es. De igual forma también en conjunto con la comunidad elaborarán planes y ejecutarán tareas a fin de disminuir y eliminar l os botaderos no autorizados, así como mantener el tratamiento de Limpieza, a través de Campañas a realizarce en conjunto con la comunidad y otros organismos interesados. 2.- Brindar protecci ón y mantenimiento en conjunto con la comunidad a todos los elementos de ambientación y de ornato de la Ciudad de Managua, a fi n de contener su deterioro y evitar el vandalismo en contra de las mismas. 3.- Impulsar la arborización comunal en vías y espacios públicos. 4.- Supervisar que los predios baldíos estén debidamente cercados y limpios. 5.- Organizar Jornadas sobre mantenimi ento, reparación y limpieza de tragantes y canales, lo mismo que de cauces y puentes. 6.- Establecer prioridades para la construcción y mantenimiento de andenes y cunetas. 7.- Presidir la Junta Directiva de los Mercados Municipales del Distrito. 8.- Desarrollar la auto-gestión financiera para la administración y mantenimiento de los Mercados Municipales. 9.- Admi nistrar los Cementerios ubicados en el Distrito y establecer su cuído y mantenimiento. 10.- Aplicar del Plan Regulador de Managua y de las Sanciones correspondientes, en lo que a su competencia se refiere. 11.- P articipar en el proceso de elaboración de la Planificación territorial del Distrito dentro del Desarrollo Urbano integral de la Ciudad. 12.- Emitir constancias de uso de suelo conforme para uso habitacional, exceptuando los casos donde hay fallas cercanas, las cuales serán consultadas con la instancia central. 13.- Emitr los permisos de construcciones de viviendas de una planta hasta un área de 100 m2. Y permiso de construcción de obras menores. 14.- Supervisar las obras aprobadas por el Distrito. 15.- Otorgar permiso de ocupación de la Vía pública con carácter temporal. 16.- Brindar asistencia técn ica a la población e instituciones en la materia de Construcciones y Urbanismo de su Competencia. 17.- Montar estadística Urbana sobre tipo de Construcción, nú mero, área y costo de la misma. 18.- Actualización permanente del uso del suelo urbano y sub-urbano del Distrito 19.- Montar la planoteca del Distrito. 20.- Solici tar declaratoria de Utilidad Pública en aquellas áreas que deban ser ocupadas por interés social del Distrito, lo mi smo que solicitar las garantías de reserva para la dotación de equipamiento social del Distrito. 21.- Seleccionar beneficiados, elaborar y entregar certificados de adjudicaci ón en las Urbanizaci ones progresivas, lo mismo que organizar a sus pobladores a fin de que mediante la autoconstrucción ejecuten la instalación de tuberias y puestos de agua. 22.- Proceder a efectuar lotificaciones menores para uso de viviendas, previa aprobación de la Dirección General de Desarrollo Urbano, seleccionar a los beneficiados y entregar certificados de adjudicación. 23.- Promover los proyectos de auto-construcción, organización y dirigiendo a la población, garantizando una distribución ordenada de los materiales y herramien tas aportadas por la Alcaldía de Managua, y elaborando perfiles y gestión financiera para dichos proyectos. 24.- Realizar estudios de consolidación de los diferentes asentamientos espontáneos previa aprobación de la Dirección General de Desarrollo Urbano. 25.- Ejecutar el reordenamiento de los asentamientos estudiados. 26.- Administrar los repartos intervenidos. 27.- Proceder a intervenir cuarterías cuando las condiciones así lo ameriten, solicitando la expropiaci ón de la misma, para luego proceder a ejecutar el reordenamiento del área, en casos necesarios. 28.- Ejercer las funciones de amigable componedor de conformidad a la Ley 41 del 6 de Julio de 1988. 29.- Administrar los bienes del Bavinic que son de su competencia territorial. 30.- Supervisar las obras de construcción y otras contratadas por la Alcaldía de Managua, que sean ejecutadas en el Distrito. 31.- Participar en la definición de las prioridades para las obras de mantenimiento y construcción de la infraestructura municipal. 32.- Promover el desarrollo de la Cultura y el Deporte. 33.- Cualquier otra que le señale el Alcalde de Managua. V.- DISPOSICIONES GENERALES Artículo 6.- Para efectos de la delimitación exacta de los Distritos, la Dirección de Desarrollo Urbano de la Alcaldía de Managua, elaborará el Plano Oficial que se divulgará junto con este Decreto para conocimiento de la población. El Original del Plano oficial se debe conservar en la Dirección General de Desarrollo Urbano debidamente refrendado por el Alcalde. Artículo 7.- El presente Decreto deja sin efecto cualquier disposición que se le oponga Artículo 8.- Este Decreto comienza a regir a partir de su publicación en cualquier medio de comunicación colectiva, sin perjuicio de su posterior publicación en la Gaceta. Artículo 9.- Líbrese Certificación para los fines de Ley. Dado en la ciudad de Managua, a los Cuat ro días del mes de Abril de mil noveci entos ochenta y nueve. 1989: Año del X Aniversario. - Carlos Carrión Crúz. Alcalde de Managua. -