Se Eleva A La Categoría De Villa El Pueblo De Catarina, Masaya

Descarga el documento

Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Municipal Rango: Leyes - (SE ELEVA A LA CATEGORÍA DE VILLA EL PUEBLO DE CATARINA, MASAYA) Aprobado el 6 de Marzo de 1929 Publicado en La Gaceta No. 34 del 10 de Febrero de 1930 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, A sus habitantes SABED: Que el Congreso ha ordenado lo siguiente: EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, DECRETAN: Artículo 1.- Elevase a la categoría de Villa, el pueblo de Catarina, del departamento de Masaya. Artículo 2.- Esta ley empezará a regir desde su publicación por bando en la cabecera del departamento de Masaya y localidad favorecida. Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados  Managua, 6 de marzo de 1929  JUAN FRANCISCO URBINA, D. P.  M. BARRETO P., D. S.  C. TAPIA, D. S. Al Poder Ejecutivo  Cámara del Senado  Managua, 31 de enero de 1930  V. F. ROMÁN, S. P.  VICENTE F. ALTAMIRANO S. S.  J. CAJINA MORA, S. S. Por Tanto: Ejecútese  Casa Presidencial  Managua, 4 de febrero de 1930 - J. M. MONCADA, Presidente de la República  BENJ. ABAUNZA, Ministro de la Gobernación. -