Ley De Derogación Al Arto165 Del Código Penal Vigente

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Penal Rango: Leyes - LEY DE DEROGACIÓN AL ARTO165 DEL CÓDIGO PENAL VIGENTE LEY No. 603, Aprobada el 26 de Octubre del 2006 Publicada en La Gaceta No. 224 del 17 de Noviembre del 2006 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Hace saber al pueblo nicaragüense que: LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA En uso de sus facultades; HA DICTADO La siguiente: LEY DE DEROGACIÓN AL ARTO165 DEL CÓDIGO PENAL VIGENTE Arto.1.- Se deroga el arto. 165 del Código Penal Vigente. Arto2.- La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiséis días del mes de octubre del año dos mil seis. ING. EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ, Presidente Asamblea Nacional. DRA. MARÍA AUXILIADORA ALEMÁN ZEAS, Secretaria Asamblea Nacional. Por tanto: Téngase como Ley de la República. Publíquese y Ejecútese. Managua, catorce de noviembre del año dos mil seis. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua. -