Elévase A Categoría De Ciudad Al Pueblo De Yalí, Jinotega

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Municipal Rango: Leyes - ELÉVASE A CATEGORÍA DE CIUDAD AL PUEBLO DE YALÍ, JINOTEGA Decreto No. 1810 de 30 de Marzo de 1971 Publicado en La Gaceta No. 83 de 17 de abril de 1971 El Presidente de la República, A sus habitantes, Sabed: Que el Congreso ha ordenado lo siguiente: La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua, Decretan: Artículo 1.-Elévase a la categoría de ciudad al pueblo de Yalí, en el Departamento de Jinotega, para que goce de todos los derechos y privilegios correspondientes a tal categoría. Artículo 2.-La presente Ley entrará en vigor a partir de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial. Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. - Managua, D. N., 30 de marzo de 1971. - Orlando Montenegro M., D. P. - Francisco Urbina R., D. S. - Adolfo González B., D. S.. Al Poder Ejecutivo. - Cámara del Senado, Managua, D. N., uno de abril de mil novecientos setenta y uno. - Gust. Raskosky, S. P. - Pablo Rener, S. S. - Carlos José Solórzano R., S. S.. Por Tanto: Ejecútese. - Casa Presidencial, Managua, D. N., dos de marzo de mil novecientos sesenta y uno. - A. Somoza, Presidente de la República. - M. Buitrago Aja, Ministro de la Gobernación. -