Decreto Por El Que Se Restablecen En Toda Su Plenitud Las Universidades De Leòn Y Granada

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Educación y Cultura Rango: Leyes - DECRETO POR EL QUE SE RESTABLECEN EN TODA SU PLENITUD LAS UNIVERSIDADES DE LEÒN Y GRANADA LEY, Aprobado, el 26 de Enero de 1893 Publicado en La Gaceta No. 18 del 8 de Marzo de 1893 El Presidente de la República, a sus habitantes, SABED: Que el Congreso ha ordenado lo siguiente: El Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua, DECRETAN: Art.1°.- Restablécense en toda su plenitud las Universidades de León y Granada; en consecuencia éstas y los Institutos de Oriente y Occidente se refundirán en un solo centro de enseñanza, respectivamente. Dado en el Salón de sesiones de la Cámara del Senado  Managua; 26 de enero de 1893  Ing. Chávez, S. P  Santana Romero, S. S  Víctor Cuadra, S. S. Al Poder Ejecutivo  Salón de sesiones de la Cámara de Diputados  Managua, 3 de marzo de 1893  J. R. Rizo, D. P.- L. Rodríguez, D. S.- Juan de D. Guerra, D. S.- Por tanto: Ejecútese  Managua, 3 de marzo de 1893  Roberto Sacasa  El Ministro de Instrucción Pública  Jorge Bravo. -