Créanse Juzgados Del Trabajo En León, Chinandega, Matagalpa Y Diriamba

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa, Laboral y Seguridad Social Rango: Leyes - CRÉANSE JUZGADOS DEL TRABAJO EN LEÓN, CHINANDEGA, MATAGALPA Y DIRIAMBA LEY No. 53, Aprobada el 08 de Octubre de 1975 Publicada en La Gaceta No. 276 del 04 de Diciembre de 1975 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA A sus habitantes Sabed: Que el Congreso ha ordenado lo siguiente: Decreto No. 53 LA CÁMARA DE DIPUTADOS Y LA CÁMARA DEL SENADO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA DECRETAN: Artículo 1.- Créase un Juzgado del Trabajo en casa uno de los siguientes Municipios: León, Departamento de León; Chinandega, Departamento de Chinandega; Matagalpa, Departamento de Matagalpa y Diriamba, Departamento de Carazo. Artículo 2.- La presente Ley rige desde su publicación en La Gaceta, Diario Oficial; pero la organización y funcionamiento de los nuevos Juzgados no tendrán efecto mientras no se provea la partida correspondiente en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República. Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua, D. N., ocho de Octubre de mil novecientos setenta y cinco. Cornelio H. Hueck, Presidente. Ulises Fonseca Talavera, Secretario. René Sandino Arguello, Secretario. Al Poder Ejecutivo, Cámara del Senado de Managua, D. N., Octubre veintidós de mil novecientos setenta y cinco. Pablo Rener, Presidente. Ramiro Granera Padilla, Secretario. Carlos José Solórzano R., Secretario. Por Tanto: Ejecútese. Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional, veinticuatro de Octubre de mil novecientos setenta y cinco. A. SOMOZA, Presidente de la República. Adolfo Muñiz Otero, Vice-Ministro de la Gobernación, Encargado del Despacho. -