Instrumento De Adhesión (Convenio De Basilea Sobre El Control De Los Movimientos Transfronterizos De Los Desechos Peligrosos Y Su Eliminación)

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Medio Ambiente y Recursos Naturales Rango: Instrumentos Internacionales - INSTRUMENTO DE ADHESIÓN (CONVENIO DE BASILEA SOBRE EL CONTROL DE LOS MOVIMIENTOS TRANSFRONTERIZOS DE LOS DESECHOS PELIGROSOS Y SU ELIMINACIÓN) Aprobado el 15 de Abril de 1997 Publicado en la Gaceta No. 114 del 18 de Junio de 1997 ARNOLDO ALEMAN LACAYO PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARGUA POR CUANTO El 22 de Marzo de 1989 fue adoptado en Basilea, Suiza, el Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación, compuesto de un preámbulo, 29 artículos y sus anexos. POR CUANTO El Poder Ejecutivo en uso de las facultades que le confiere la Ley, adhirió al Convenio de Basilea, por Decreto Número 20-96 del 24 de Septiembre de 1996, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, Número 206 del 31 de Octubre de ese mismo año. POR CUANTO La Asamblea Nacional aprobó la adhesión de Nicaragua al dicho Convenio de Basilea, por Decreto Número 1601 del 6 de Febrero de 1997 promulgado el 18 de ese mismo mes y año, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, Número 38 del 24 de Febrero de 1997. POR TANTO Expido el presente Instrumento de Adhesión, firmado por Mí, sellado con el Gran Sello de la Nación y Refrendado por Ministro de Relaciones Exteriores, para su depósito en la Secretaría General de la Organización de las Naciones Unidas en la ciudad de Nueva York, N.Y., Estados Unidos de América, de conformidad con el artículo 28 del Convenio. Dado en la Casa de la Presidencia, Managua,15 de Abril de mil novecientos noventa y siete.- ARNOLDO ALEMAN LACAYO.- El Ministerio de Relaciones Exteriores, EMILIO ALVAREZ MONTALVAN. -