Depósito Al Tratado Centroamericano De Telecomunicaciones

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Telecomunicaciones Rango: Instrumentos Internacionales - (DEPÓSITO AL TRATADO CENTROAMERICANO DE TELECOMUNICACIONES) Aprobado el 5 de Febrero de 1998. Publicado en La Gaceta No. 48 del 11 de Marzo de 1998. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, POR CUANTO: El 25 de Agosto de 1995, los Ministros de Relaciones Exteriores de Centroamérica y Panamá, suscribieron en la Ciudad de Managua, República de Nicaragua, el Protocolo al Tratado Centroamericano de Telecomunicaciones, compuesto de un preámbulo y quince artículos. POR CUANTO: La Asamblea Nacional aprobó dicho Protocolo por Decreto No. 1805 del 9 de Diciembre de 1997, promulgado el 15 de Enero de 1998 y publicado en La Gaceta, Diario Oficial Número 15 del 23 de ese mismo mes y año. POR TANTO: El Poder Ejecutivo en uso de las facultades que le confiere la Ley, ratificó el mencionado Protocolo por Decreto Número 12-98 del 5 de Febrero de 1998 y manda expedir el correspondiente Instrumento de Ratificación para su depósito en la Secretaría General del Sistema de la Integración Centroamericana (SICA). POR TANTO: Expido el presente Instrumento de Ratificación, firmado por Mí, sellado con el Gran Sello de la Nación y refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores, para su depósito en la Secretaría General del Sistema de la Integración Centroamericana (SICA), de conformidad con el Artículo 10 del Protocolo. Dado en la Casa Presidencial, Managua, 5 de Febrero de mil novecientos noventa y ocho.- ARNOLDO ALEMÁN LACAYO.- EMILIO ÁLVAREZ MONTALVÁN. MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES. -