Convenio De Intercambio Cultural Entre Nicaragua Y Paraguay

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Cultura Rango: Instrumentos Internacionales - CONVENIO DE INTERCAMBIO CULTURAL ENTRE NICARAGUA Y PARAGUAY INSTRUMENTOS INTERNACIONALES; Aprobado el 24 de Junio de 1968 Publicado en La Gaceta No. 148 del 02 de Julio de 1968 CONVENIO DE INTERCAMBIO CULTURAL ENTRE NICARAGUA Y PARAGUAY ACTA DE CANJE Reunidos en el Despacho de Ministerio de Relaciones Exteriores, el Honorable Señor Consejero de Embajada, Don Juan Alberto Llanes, Encargo de Negocios a.i del Paraguay en Nicaragua, con sede en la ciudad de San Salvador, y el señor Ministro de Estado de Relaciones Exteriores, Doctor Lorenzo Guerreo, con el objeto de proceder de conformidad con su artículo IX, al canje de los Instrumentos de Ratificación del convenio de Intercambio Cultural entre la Republica de Nicaragua y la Republica de Paraguay, suscrito en la ciudad de Asunción, República del Paraguay el 21 de Agosto de 1956, por los respectivos Plenipotenciario de los dos países. Después de haber comunicado los Plenos Poderes respectivos que fueron hallados en buena y debida forma y leídos los Instrumentos de Ratificación presentados, hechos conforme a las legislaciones de cada uno de los dos países, se procedió a verificar el canje en la forma de estilo. En fe de lo cual los Plenipotenciarios arriba mencionados, suscriben la presente Acta en duplicado, en la ciudad de Managua a los veinticuatro días del mes de Junio de mil novecientos sesenta y ocho. (f) JUAN ALBERTO LLANES.- (f) LORENZO GUERRERO. -