Comercio Exterior Con Austria

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Empresa Industria y Comercio Rango: Instrumentos Internacionales - COMERCIO EXTERIOR CON AUSTRIA Aprobado el 16 de Junio de 1938 Publicado en La Gaceta No. 177 del 19 de Agosto de 1938 COMISIÓN DE CONTROL COMERCIO EXTERIOR CON AUSTRIA Se pone en conocimiento de los comerciantes importadores y exportadores, que según aviso oficial del Gobierno Alemán, a partir del 1° de Julio de 1938 el comercio exterior de Austria y las obligaciones pendientes de ajuste, quedaron incluidos en el mecanismo del comercio exterior alemán. Por consiguiente, estando en vigor entre Nicaragua y Alemania el sistema de compensación, toda operación de comercio con Austria queda sujeta a este sistema de compensación, las obligaciones serán liquidadas en Marcos Aski, los pedidos de mercaderías deberán ser autorizados previamente por esta Oficina, sin cuyo requisito los Cónsules de Nicaragua no visarán los correspondientes documentos de embarque y las Aduanas de la República no permitirán el registro de mercadería de origen austriaco. Managua, 16 de Agosto de 1938. FEDERICO LÓPEZ, Contralor del Cambio. -