Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Disposiciones Técnicas
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EMISIÓN DE CONSTANCIA DE NO
RETENCIÓN EN LA FUENTE IR PARA LOS GRANDES CONTRIBUYENTES
DISPOSICIÓN TÉCNICA No. 014-2005, Aprobada el 29 de Junio
del 2005
Publicado en la Gaceta No. 132 del 8 de Julio del 2005
EMISIÓN DE CONSTANCIA DE NO RETENCIÓN EN LA FUENTE IR PARA LOS
GRANDES CONTRIBUYENTES
El suscrito Director General de Ingresos, en uso de las facultades
que le confiere la Ley 399 Ley Creadora de la Dirección General de
Servicios Aduaneros y de Reforma a la Ley Creadora de la Dirección
General de Ingresos, inc. 3) del arto. 105 de la Ley 453 Ley de
Equidad Fiscal, y con base en el Arto. 80 del Reglamento de dicha
ley.
Dispone:
Primero: Emitir la constancia de no Retención en la fuente
IR, a todos los Grandes Contribuyentes y/o Grandes Responsables
Retenedores, que se encuentren solventes y clasificados como tales,
conforme los criterios establecidos por la Dirección General de
Ingresos e inscrito en la Dirección de Grandes
Contribuyentes.
Segundo: La Dirección de Grandes Contribuyentes deberá de
efectuar la emisión de la constancia de no Retención en la Fuerte
IR entre el 15 al 31 de Enero de cada año. Estas serán validas
desde primero de Febrero del año que se emita hasta el 31 de Enero
del año siguiente. Se faculta al jefe de Recaudación de la
Dirección de Grandes Contribuyentes a firmar la Constancia de no
Retención en le Fuente IR.
Tercero: Adicionalmente, mientras concluye el Proyecto de
Centralización del Sistema de Información Tributaria (SIT). la
Dirección de Grandes Contribuyentes emitirá la constancia de no
retención en la Fuente IR de aquellos Grandes Contribuyentes y/o
grandes Responsables Retenedores que siendo clasificados como tales
conforme los criterios establecidos en la Disposición
Administrativa Número 007-2004 del dos de Abril del dos mil cuatro,
se encuentre solvente e inscrito en las Administraciones de Rentas
Departamentales.
Cuarto: La presente Disposición Técnica sustituye a la
Disposición Técnica No. 002-2005 del día dos de Febrero del año dos
mil cinco.
Managua, veintinueve de Junio del año dos mil cinco. Roger
Arteaga Cano, Director General de Ingresos.
Normas Tributarias 29.06.05 lpicado@dgi.gob.ni
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