Reforma Ley Para Aranceles Consulares

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Orden Interno Rango: Decretos - Ley - REFORMA LEY PARA ARANCELES CONSULARES Decreto No. 861 de 9 de noviembre de 1981 Publicado en La Gaceta No. 258 de 13 de noviembre de 1981 LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA En uso de sus facultades y con fundamento del artículo 23 del Decreto No. 388 del 2 de mayo de 1980, Hace saber al pueblo nicaragüense: Unico: Que aprueba las Reformas hechas por el Consejo de Estado en Sesión Ordinaria No. 23 del veintiocho de octubre de mil novecientos ochenta y uno a la "Ley para Aranceles Consulares", el que ya reformado íntegra y literalmente se leerá así:" Artículo 1.-Refórmanse los numerales 1, 2, 3 y 4 y se adiciona uno nuevo, de Actos Administrativos y Diversos del Decreto No. 351 del 24 de marzo de 1980, que se leerá así: 1) Por Pasaporte .US$ 60.00 2) Por Revalidación US$ 30.00 3) Por Documento Provisional US$15.00 4) Formulario de Solicitud para Visa y Pasaporte US$.1.00 5) Por Visa US$ 10.00 El resto de los numerales, se numerarán sucesivamente. Artículo 2.-El presente Decreto entrará en vigencia desde su publicación por cualquier medio de comunicación colectiva, sin perjuicio de su posterior publicación en "La Gaceta", Diario Oficial". Es conforme. POR TANTO: Téngase como Ley de la República. Ejecútese y Publíquese. Dado en la ciudad de Managua, a los nueve días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y uno. "Año de la Defensa y la Producción". JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL. Sergio Ramírez Mercado. Daniel Ortega Saavedra. Rafael Córdoba Rivas. -