Reforma A La Ley De Expropiación De Predios Baldíos En El Casco Urbano Del Centro De La Ciudad De Managua

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Propiedad Rango: Decretos - Ley - REFORMA A LA LEY DE EXPROPIACIÓN DE PREDIOS BALDÍOS EN EL CASCO URBANO DEL CENTRO DE LA CIUDAD DE MANAGUA Decreto - Ley No. 16-90 de 26 de mayo de 1990 Publicado en La Gaceta No. 103 de 30 de mayo de 1990 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA Considerando: Que la Alcaldía de la Ciudad de Managua, tiene planes de ejecutar la primer etapa del Plan Maestro de Managua, en la denominada Zona Histórica o Centro de la ciudad. Por tanto: En uso de las facultades que le confiere el Artículo 150, inciso No. 4 de la Constitución Política de la República de Nicaragua. Decreta: Artículo 1.- Se reforma el artículo 4 del Decreto 903 "Ley de Expropiación de Predios Baldíos en el Casco Urbano del Centro de la Ciudad de Managua" del 4 de Diciembre de 1981, publicado en "La Gaceta" No. 286 del 16 de Diciembre de 1981, el cual se leerá de la siguiente forma: "Arto 4.- El Registrador de la Propiedad Inmueble del Departamento de Managua, a solicitud del Alcalde de la ciudad de Managua, inscribirá a favor de la Alcaldía de Managua, los predios baldíos afectados por la Ley de Expropiación, que se encuentran dentro del área comprendida dentro de la presente ley." Artículo 2.- Queda derogada cualquier disposición contraria al presente Decreto. Artículo 3.- El presente Decreto entra en vigencia a partir de su publicación por cualquier diario de circulación nacional, sin perjuicio de su posterior publicación en "La Gaceta", Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, a los veintiséis días del mes de Mayo de mil novecientos noventa.- Violeta Barrios de Chamorro, Presidente de la República de Nicaragua. -