Aprobar Y Ratificar El Acta Constitutiva De La Comisión Latinoaméricana De Transporte Marítimo. (Coltram).

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos - Ley - APROBAR Y RATIFICAR EL ACTA CONSTITUTIVA DE LA COMISIÓN LATINOAMÉRICANA DE TRANSPORTE MARÍTIMO. (COLTRAM). DECRETO No. 188, Aprobado el 5 de Mayo de 1986. Publicado en La Gaceta No. 89 del 6 de Mayo de 1986 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA CONSIDERANDO l Que Nicaragua como Miembro del sistema Económico Latinoamericano aprobó el Acta Constitutiva de la Comisión Latinoamericana de Transporte Marítimo (COLTRAM) suscrita en Caracas , Venezuela, por el Vice-Ministro de Transporte, en base al cumplimiento del artículo 4 de la decisión 228 adoptada por la Xl Reunión del Consejo Ministerial del SELA. ll Que la Cooperación intralatinoamericana en el transporte marítimo es esencial para encarar la crisis que afecta la región para lograr su desarrollo integral, autosostenido e independiente. POR TANTO: En uso de sus facultades DECRETA: Artículo 1.- Aprobar y ratificar el Acta Constitutiva de la Comisión Latinoamericana de Transporte Marítimo (COLTRAM) suscrita en Caracas, Venezuela, el 21 de Febrero de 1986, en cumplimiento del artículo 4 de la Decisión 228 adoptada por la Xl Reunión del Consejo Ministerial del Sistema Económico Latinoamericano SELA. Artículo 2.- Expedir el correspondiente instrumento de Ratificación para proceder a su Depósito en la Presidencia de la Comisión y secretaría Permanente del SELA, de conformidad con el artículo 31 del Acta Constitutiva. Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en "La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, a los cinco días del mes de Mayo de mil novecientos ochenta y seis. "A 25 Años, Todas las Armas Contra la agresión". - DANIEL ORTEGA SAAVEDRA, Presidente. -