Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Decretos Legislativos
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TRANSFERENCIA DE PARTIDA EN
ECONOMÍA
DECRETO No. 424, Aprobado el 25 de Junio de 1959
Publicado en La Gaceta No. 181 del 12 de Agosto de 1959
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Ha sus habitantes
SABED
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente
DECRETO No. 424
LA CÁMARA DE DIPUTADOS Y LA CÁMARA DEL SENADO DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
DECRETAN
Artículo 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en
el Presupuesto de Ingresos vigente, la siguiente transferencia de
Partidas del Ministerio de Economía:
DE: 0605 - 2802 Servicios Impersonales:
Alquileres C$ 6,600.00
A: 0601 - 2806 Mantenimiento de Equipos
e Inmuebles:
09 Vehículos C$ 6,600.00
Artículo 2.- La presente Ley entrará en vigor desde la fecha
de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. - Managua,
D. N., 25 de Junio de 1959. - (f) J. J. LUGO MARENCO, D. P.
(f) J. CASTILLO A., D. S. - (f) A. MARTINEZ, D.
S.
Al Poder Ejecutivo. - Cámara del Senado, Managua, D. N., 29 de
Junio de 1959. - (f) CAMILO LOPEZ IRIAS, S. P. - CARLOS
RIVERS DELGADILLO, S. S. - (f) ENRIQUE BELLI, S.
S.
Por Tanto Ejecútese. - Casa Presidencial, Managua, D. N., 30 de
Junio de 1959. - (f) LUIS A. SOMOZA D., Presidente de la
República. - (f) KARL J. C. H. HUECK, Ministro de Estado en
el Despacho de Hacienda y Crédito Público.
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