Sobre Puerto En Guapinolapa, Chontales - Puerto Díaz

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Transporte Rango: Decretos Legislativos - SOBRE PUERTO EN GUAPINOLAPA, CHONTALES - PUERTO DÍAZ Aprobado el 25 de Febrero de 1915 Publicado en La Gaceta No. 65 del 18 de Marzo de 1915 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, a sus habitantes, SABED: Que el Congreso ha ordenado lo siguiente: EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, DECRETAN: Art. 1º.- El puerto habilitado en el punto Guapinolapa, costa del Gran Lago, departamento de Chontales, se llamará Puerto Díaz. Art. 2º.- Todos los objetos destinados al comercio que deban entrar a aquel departamento, o salir de él, entre los puertos de Buena Vista y San Ubaldo, lo harán por el expresado Puerto Díaz o por cualquiera de los otros puertos mencionados. Quedan excluidos de esta disposición los artículos que los hacendados introduzcan para el consumo de sus respectivas haciendas y lo que exporten de ellas. Art. 3º.- La contravención al artículo anterior será penada con multa de C$ 5.00 a C$ 10.00 que hará efectiva el comandante de Puerto Díaz, siendo apelable dicha multa ante el Jefe Político de Chontales. Art. 4º.- Mientras el Poder Ejecutivo emite las ordenanzas y reglamentos por los cuales se regirá dicho puerto, el jefe de la bodega de éste cobrará C$ 0.04 por cada quintal o fracción que entre o salga por el expresado puerto. Art. 5º.- Los impuestos y las multas de que habla esta ley serán enterados en la tesorería de la junta encargada de la construcción del puerto. Art. 7º.- Esta ley comenzará a regir desde su publicación en La Gaceta. Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados  Managua, 25 de febrero de 1915  CÉSAR PASOS, D. P.  OCTAVIO SALINAS, D. S.  A. GURDIÁN, D. S. Al Poder Ejecutivo  Cámara del Senado  Managua, 11 de marzo de 1915  J. DEMETRIO CUADRA, S. P.  M. J. MORALES, S. S.  SEBASTIÁN URIZA, S. S. Por tanto, ejecútese  Casa Presidencial  Managua, doce marzo de mil novecientos quince  ADOLFO DÍAZ  El Ministro de Hacienda, encargado del Despacho de Fomento  E. CUADRA. -