Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Constitucional y Otras Normas
Fundamentales
Rango: Decretos Legislativos
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(SE PRORROGA EL DECRETO
LEGISLATIVO DE 22 DE FEBRERO ÚLTIMO, SOBRE ESTADO DE
SITIO)
Aprobado el 20 de Abril de 1934
Publicada en La Gaceta No. 89 del 21 de Abril de 1934
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO:
Que no han desaparecido todavía las circunstancias por las cuales
el Poder Legislativo declaró el 22 de febrero último el Estado de
Sitio en la República, y que habiendo suspendido sus sesiones el
Congreso Nacional, es deber del Poder Ejecutivo proveer eficazmente
al mantenimiento del orden público y dictar las medidas necesarias
para garantizar la tranquilidad,
En Consejo de Ministros por votación unánime, y de conformidad con
el Arto. III, Inc. 16 Cn.,
DECRETA:
Al cesar los efectos del Decreto Legislativo de 22 de Febrero
último la República continuará en Estado de Sitio por un nuevo
término legal.
Publíquese en La Gaceta para que surta efectos
inmediatamente.
Dado en Casa Presidencial, Managua, veinte de abril de mil
novecientos treinta y cuatro. JUAN B. SACASA. El Secretario
de la Gobernación y de la Guerra y Anexos, GONZALO OCÓN. El
Secretario de Relaciones Exteriores, LEONARDO ARGÜELLO. El
Secretario de Hacienda y Crédito Público, SALV. GUERRERO M.
El Secretario de la Instrucción Pública y Educación Física, C.
URCUYO. El Secretario de Higiene Pública y Beneficencia, J.
H. ROBLETO. El Sub-Secretario de Fomento, encargado del
Despacho de Fomento y Obras Públicas, y del de Agricultura y
Trabajo, ROBERTO E. DESHON.
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