Se Eleva A Pueblo, El Valle De La Concepción De Tortuga, Del Departamento De Rivas

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Municipal Rango: Decretos Legislativos - (SE ELEVA A PUEBLO, EL VALLE DE LA CONCEPCIÓN DE TORTUGA, DEL DEPARTAMENTO DE RIVAS) Decreto Legislativo, Aprobado el 30 de Enero de 1912 Publicado en La Gaceta No. 34 del 10 de Febrero de 1912 La Asamblea Nacional Constituyente, DECRETA: Artículo 1º - Erigir en pueblo el valle de la Concepción de Tortuga, del departamento de Rivas, con el nombre de CÁRDENAS. Artículo 2º - La jurisdicción de este pueblo queda limitada así: Norte, río de Ostayo: Sur, río Huacalito: Oriente, el Gran Lago; y Poniente, frontera de Costa Rica. Artículo 3º- El Poder Ejecutivo, mandará establecer en dicho pueblo las autoridades locales y demás funcionarios que en su categoría corresponde. Artículo 4º- Este decreto empezará á regir desde su publicación en la Gaceta Oficial. Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional Constituyente- Managua, 30 de Enero de 1912- IGNACIO SUÁREZ, D. P.- L. SÁNCHEZ R., Secretario 1º -M. MAIRENA, Secretario 2º. Publíquese - Casa Presidencial- Managua, 3 de Febrero de 1912- DÍAZ- El Ministro de la Gobernación- MIGUEL CÁRDENAS. -