Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Constitucional y Otras Normas
Fundamentales
Rango: Decretos Legislativos
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(SE DECLARA CON LUGAR LA REFORMA
ABSOLUTA DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA VIGENTE)
Aprobado el 2 de Marzo de 1926
Publicado en La Gaceta Nº 199 del 2 de Septiembre de 1926
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
A sus habitantes:
SABED:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA,
DECRETAN:
Único: Se declara con lugar, o procedente, la reforma
absoluta de la Constitución Política vigente, sancionada el día 21
de diciembre de 1911, su reforma de 5 de Abril de 1913 y también
las leyes Constitutivas; debiendo hacerse todo se conformidad con
lo establecido en los artículos 160 y 163 de la misma
Constitución.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados Managua, 2
de marzo de 1926 (f) SEG. CHAMORRO ARGÜELLO, D. P. (f)
GUSTAVO MANZANARES, D. S. (f) J. JOAQUÍN MORALES,
D.S.
Al Poder Ejecutivo Cámara de Senadores Managua, 22 de junio
1926 (f) SEBASTIÁN URIZA, S. P. (f) LUCIANO
GARCÍA, S. S. (f) JUAN DE D. PASTORA, S. S.
Por Tanto: Ejecútese Casa presidencial Managua, veintisiete de
junio de mil novecientos veintiséis EMILIANO CHAMORRO El
Ministro de la Gobernación HUMBERTO PASOS DÍAZ.
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